Resolución Nro. 213 - CONCURSO REUBICACIÓN DE D.E. SECUNDARIA Y D.E. TÉCNICA Y TRABAJO

EmisorDireccion General de Escuelas
Fecha de la disposición21 de Febrero de 2019

MENDOZA, 21 FEBRERO 2019

VISTO la necesidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 4934 “Estatuto del Docente· Título I Capítulo IX artículo 23º y su concordante artículo 41° del Decreto N° 313/85, Reglamentario del Estatuto del Docente, y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 23, Ley 4934 “Estatuto del Docente” y su concordante de su Decreto Reglamentario, determina que durante (2) años tendrá prioridad para ocupar las vacantes que se produzcan en la zona.

Que cuando por razones de cambio de plan de estudios o clausura de escuelas, cursos, divisiones o secciones de grado, sean suprimidas asignaturas o cargos docentes y los titulares deban quedar en disponibilidad, ésta será con goce de sueldo por el término de un año. La superioridad procederá a darles nuevo destino con intervención de la respectiva Junta Calificadora de Méritos, la cual tendrá en cuenta sus títulos de especialidad docente o técnico-profesional y el turno en que se desempeñó antes de proveer las vacantes.

  1. En el mismo establecimiento o en otro de la misma localidad, la no aceptación originará la baja automática del agente.

  2. En otra localidad previo consentimiento del interesado. De la misma forma determina que la disconformidad debidamente fundada a juicio de la Junta Calificadora de Méritos, otorga al docente el derecho a permanecer hasta un año calendario en disponibilidad con goce de sueldo y otro año en disponibilidad sin goce de sueldo, cumplido los cuales se considerará cesante en el cargo.

La disconformidad no fundada originará la baja automática del agente a partir de la notificación.

Que en virtud de los cierres de divisiones, cambios de turnos y de planes de estudios en escuelas dependientes de la Dirección de Educación Secundaria y de la Dirección de Educación Técnica y Trabajo, han quedado docentes en disponibilidad durante los ciclos lectivos 2017 y 2018

Que las prioridades de las vacantes para el Concurso de Reubicación desde la disponibilidad se han dispuesto acorde a lo establecido TITULO 1 CAPITULO XV, Artículo 36º, inc. A) de la Ley 4934 “Estatuto del Docente” y su concordante del Decreto Reglamentario Nº 313/85.

POR ELLO,

EL SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN

R E S U E L V E :

Artículo 1

ro- Convóquese al Concurso de Reubicación desde la Disponibilidad, en escuelas dependientes de la Dirección de Educación Secundaria y de la Dirección de Educación Técnica y Trabajo, a los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR