Resolución Nro. 21 - COOP. ALTO VERDE Y ALGARROBO GRANDE LTDA. -SANCION CST 15º

EmisorE.P.R.E
Fecha de la disposición 2 de Marzo de 2017

Mendoza, 02 de Marzo de 2017.

VISTO:

El Expte. N° 030-E-2017-09-80299, caratulado: “EPRE s/ SANCIÓN a la COPERATIVA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL ALTO VERDE Y ALGARROBO GRANDE LTDA. - Calidad de Servicio Técnico- 15º Semestre de Control - ETAPA II”.

CONSIDERANDO:

Que con fecha 31 de Julio de 2016 ha culminado el Décimo Quinto Semestre de Control – ETAPA II de las Normas de Calidad del Servicio Público y Sanciones del Contrato de Concesión de la COPERATIVA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL ALTO VERDE Y ALGARROBO GRANDE LTDA.

Que la Cooperativa en cuestión ha presentado el cálculo de los Indicadores de Calidad del Servicio Técnico y las respectivas Sanciones, según lo establecido en el Contrato de Concesión.

Que el Área Técnica del Servicio Eléctrico del EPRE ha elaborado el informe técnico pertinente y verificado el cálculo efectuado en relación a los Indicadores y Sanciones, destacando que los mismos no presentan inconsistencias respecto de los valores calculados por este EPRE.

Que por su parte la Gerencia Técnica del Suministro, en función de hacer efectiva la acreditación de las Bonificaciones a los Usuarios afectados por las deficiencias en la Calidad del Servicio Técnico; entiende que deben aceptarse en forma provisoria los valores de Indicadores y Sanciones informados por COPERATIVA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL ALTO VERDE Y ALGARROBO GRANDE LTDA. , sin perjuicio de la realización de los cargos por los incumplimientos que pudieran surgir del control y análisis de la información presentada, las que serán encuadradas según lo establecido en los arts. 5.6.2. y 6.7 de las Normas de Calidad del Servicio Público y Sanciones.

Por ello y lo dispuesto por el Art. 54 inc. o) de la Ley 6.497 y su modificatoria, normas concordantes y complementarias.

El DIRECTORIO DEL ENTE PROVINCIAL REGULADOR ELÉCTRICO RESUELVE:

  1. Autorizar a la COPERATIVA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL ALTO VERDE Y ALGARROBO GRANDE LTDA. - para efectuar la acreditación proporcional a los usuarios respectivos, de la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS SIETE CON OCHENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 459.407,87.-), correspondiente a la sanción prevista en el punto 5.6.2 y 6.7 de las Normas de Calidad del Servicio Público y Sanciones del...

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