Resolución Nro. 195 - EX-2017-00128553-GDEMZA-INSPE#MGTYJ CARATULADO 'ACTA C 639 GRUPO AMENTIUM S.A'

EmisorDIRECCIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
Fecha de la disposición27 de Mayo de 2022

MENDOZA, 27 DE MAYO DE 2022

VISTO:

El expediente EX-2017-00128553-GDEMZA-INSPE#MGTYJ caratulado "Acta C 639 Grupo Amentium S.A", en el cual obran las actuaciones sumariales contra la firma “GRUPO AMENTIUM S.A.” CUIT 30-71212292-3, con nombre de fantasía Café y Teatro "Los Angelitos" y domicilio en calle Buenos Aires Nº 202, Ciudad (5500), Mendoza, y;

CONSIDERANDO:

Que a orden nº 2, mediante documento electrónico (en adelante D.E.) ACTA-2017-00110334-GDEMZA-INSPE%MGTYJ, rola Acta de Emplazamiento serie C N° 639, labrada en fecha 16 de mayo de 2017, contra la firma “GRUPO AMENTIUM S.A.” CUIT 30-71212292-3 mediante la cual se emplaza a que en el término de treinta (30) días corridos exhiba un ejemplar de la Carta Menú en Sistema Braille, conforme la Ley N° 8750 y a que en el plazo de cinco (5) días hábiles inicie la rúbrica del Libro de Quejas ante esta Dirección de Defensa del Consumidor, según lo establece la Resolución N° 13/2014.

Que la firma emplazada no presenta descargo ni acredita haber dado cumplimiento alguno.

Que a orden n° 11, conforme D.E. ACTA-2018-03082141-GDEMZAINSPE#MGTYJ consta Acta de Infracción serie C Nº 3315, labrada en fecha 26 de septiembre de 2018, contra la firma “GRUPO AMENTIUM S.A.” CUIT 30712122923, mediante la cual se imputa infracción al no contar con el Libro de Quejas debidamente rubricado por la Dirección de Defensa del Consumidor, conforme Resolución Nº 13/2018 D.D.C. y según las constancias de los registros de ésta Dirección.

Que al día de la fecha la firma infraccionada “GRUPO AMENTIUM S.A.” CUIT 30-71212292-3 no presenta descargo alguno ni ofrece pruebas que permitan desvirtuar la imputación que pesa en su contra.

Que, a pesar de lo mencionado, la Sra. Zapata Gabriela presenta escrito en el que manifiesta que “con referencia “Infracción” del día 26 de septiembre el cual menciona no tener libro de quejas rubricado, en ese momento y generalmente los Lunes el local se encuentra cerrado, no comprendo su infracción ya que el local se encuentra cerrado y sin acceso al mismo...dejo constancia de rúbrica y cambio de titularidad del libro, presentando libro viejo a D.D.C.” Junto a la nota acompaña solicitud de rúbrica con fecha 08/10/2018 y Boleto de pago serie AC Nº 3559, abonado en fecha 08/10/2018, para la CUIT 23-25508803-4.

Que se debe destacar que el Acta de Infracción se confecciona en fecha 26/09/2018 lo que demuestra que el cumplimiento de la Resolución Nº 13/2014 era obligatoria desde hacía casi cuatro años antes del momento de confección del Acta. Tampoco se debe soslayar que la firma es emplazada en fecha 16/05/2017, es decir, previamente a ser infraccionada. No obstante el emplazamiento, la firma nada hace al respecto.

Que, es...

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