Resolución Nro. 15470 - EXCEPCIONES HORARIAS EN ORDEN A LAS FESTIVIDADES DE NAVIDAD 2019 Y AÑO NUEVO 2020.-

EmisorSUBSECRETARIA DE TRABAJO Y EMPLEO
Fecha de la disposición18 de Diciembre de 2019

Mendoza, 18 de DICIEMBRE de 2019.-

VISTOS: Los presentes obrados de referencia y las facultades establecidas en el art. 5 inc. k) la ley 8729 modif. de la ley 4974 y;

CONSIDERANDO: Que entre el C.E.C. MENDOZA, UEC San Rafael, CEC Valle de Uco, CEC Rivadavia, y CECYTIS, FEM, UCIM, y AMAVIT, la Específica de Comercio y la Cámara de Comercio, Industria y Agropecuaria de San Rafael, por el cual se establecen excepciones horarias en orden a las festividades de Navidad 2019 y Año Nuevo 2020.

Que aquéllas son coincidentes con las establecidas en años anteriores según resoluciones asentadas en los Exptes. N° 18337/13, 18339/13, 18343/13, 17142/14, 16946/15, 23025/16, EX-2017-00200790-GDEMZA-DAYD#MGTYJ y EX-2018-3634823-GDEMZA-DAYD#MGTYJ.

Que los acuerdos celebrados los días 6 y 17 de diciembre de 2019, y el día 10 de diciembre de 2019, han establecido las pautas horarias a cumplir, teniendo en cuenta la idiosincrasia y particularidades de cada región. Así:

I) Las partes signatarias del acuerdo vinculado en las órdenes N° 7 y N° 10, han establecido las pautas horarias a cumplir. A saber:

  1. el horario de cierre de los días 24 y 31 de Diciembre de 2019 a las 14:00 hs.

  2. los días 25 de diciembre de 2019 y 01 de enero de 2020, no habrá actividad comercial.

  3. que para los días previos anteriores al 24 y 31 de diciembre cada comercio podrá solicitar extender el horario de cierre de sus locales hasta las 00:00 hs.

  4. que en todos los supuestos se respetará la legislación vigente en cuanto al pago de las remuneraciones y horas extraordinarias.

    II) Las partes signatarias del acuerdo vinculado en la orden N° 11, referido específicamente al departamento de San Rafael, han establecido las pautas horarias a cumplir. A saber:

  5. el horario de cierre del día 24 de diciembre de 2019 a las 16:00 hs. y el 31 de Diciembre de 2019 a las 14:00 hs.

  6. los días 25 de diciembre de 2019 y 01 de enero de 2020, no habrá actividad comercial.

  7. que para los días anteriores: viernes 20, sábado 21 y lunes 23 de diciembre de 2019, se acuerda el extender el horario de cierre, el que no podrá superar las 22:00 hs.

  8. que en todos los supuestos se respetará la legislación vigente en cuanto al pago de las remuneraciones y horas extraordinarias.

    Que la Entidad Sindical, en defensa de los derechos de sus representados, solicita a las empresas y cámaras signatarias den cumplimiento a la legislación vigente en cuanto al pago de horas extraordinarias, otorgamientos...

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