Resolución Nro. 151 - LIQ. 1° QUINCENA SEPTIEMBRE/21 - PARTICIPACIÓN MUNICIPAL

EmisorMINISTERIO HACIENDA Y FINANZAS
Fecha de la disposición20 de Septiembre de 2021

MENDOZA, 20 DE SEPTIEMBRE DE 2021.

Visto el Expediente Nº EX-2021-05608891-GDEMZA- DGPRES#MHYF y el estado de cuenta de las Municipalidades de la Provincia en relación a la ejecución de las participaciones que les corresponden en los impuestos nacionales y provinciales, y

CONSIDERANDO:

Que se encuentra vigente el régimen de participación municipal previsto en la Ley Nº 6396 y sus modificatorias;

Que el artículo 6° de la ley aludida precedentemente dispone la transferencia quincenal para los recursos provenientes de la participación en los impuestos nacionales, en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y en el Impuesto de Sellos;

Que para distribuir entre los municipios las participaciones aludidas, se han aplicado provisoriamente los prorrateadores correspondientes al ejercicio 2020, fijados mediante Resolución Nº 146-HyF-20;

Que la política del Gobierno en apoyo del quehacer municipal determina que sean remitidos con la mayor prontitud los recursos de referencia;

Por ello,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

R E S U E L V E :

Artículo 1º

Autorícese a Contaduría General de la Provincia a liquidar a favor de las Municipalidades que se detallan y por los montos que se indican en la columna (1) de la Planilla Anexa A, que forma parte de la presente resolución, la suma de UN MIL CIENTO TREINTA Y CINCO MILLONES SESENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS ($ 1.135.066.356.-), correspondiente a la primera quincena del mes de setiembre del año 2021 de Participación Municipal.

Artículo 2º

El importe que se detalla en el artículo anterior se imputará con cargo a la partida: H-20003-431-01-00: "Participación a Municipios - Régimen General" y Unidades de Gestión respectivas, del Presupuesto de Erogaciones vigente.

Artículo 3º

Autorícese a Contaduría General de la Provincia a retener a las Municipalidades que se detallan, de las sumas liquidadas en el artículo 1° de esta resolución, los importes que se indican en las columnas (2), (3) y (4) de la Planilla Anexa A, que forma parte de la misma, por un total de SESENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS ONCE MIL SETECIENTOS SEIS PESOS CON SESENTA CENTAVOS ($ 64.411.706,60.-) y cancelar con los fondos retenidos el monto correspondiente a las obligaciones que las Municipalidades tienen con el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) Ley N° 26425 y sus modificatorias, la Caja de Seguro Mutual y la Obra Social de...

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