Resolución Nro. 1500 - RESOLUCION ESCUELAS DE EDUCACION INTEGRAL PARA ADOLESCENTES Y JOVENES CON DISCAPACIDAD

EmisorDireccion General de Escuelas
Fecha de la disposición18 de Junio de 2018

MENDOZA, 18 DE JUNIO DE 2018

VISTO el Expediente Nº 6807-D-17-02369, caratulado: “DIRECCIÓN GENERAL DE ESCUELAS S/ RESOLUCION ESCUELAS DE EDUCACION INTEGRAL PARA ADOLESCENTES Y JOVENES CON DISCAPACIDAD”; y

CONSIDERANDO:

Que la Convención sobre los Derechos de las personas con Discapacidad en el Artículo N° 24 dice “Los estados partes brindarán a las personas con discapacidad la posibilidadde aprender habilidades para la vida y desarrollo social, a fin de propiciar su participación plena como miembros de la comunidad en condiciones de igualdad”;

Que laLey de Educación Nacional N° 26.206/06 sostiene que se debe posibilitar una trayectoria educativa integral que permita el acceso a los saberes tecnológicos, artísticos y culturales;

Quede la Ley de Educación Técnico - Profesional N° 26.058/05 se relaciona en forma directa con los lineamientos para escuelas de adolescentes y jóvenes con discapacidad para lo que las mismas deberán “acordar los criterios y parámetros de calidad hacia los cuales se orientarán las instituciones que integren el registro federal de instituciones de Educación Técnico Profesional”;

Que en la Ley N° 24.901/97 en su art. N° 23 define a laformación laboral como“… el proceso de capacitación cuya finalidad es la preparación adecuada de una persona con discapacidad para su inserción en el mundo del trabajo. El proceso de capacitación es de carácter educativo y sistemático y para ser considerado como tal debe contar con un programa específico, de una duración determinada y estar aprobado por organismos competentes en la materia”;

Que la Resolución N°155-CFE-11 sostiene que se brinde una propuesta pedagógica que tienda al desarrollo integral y autónomo de esta población en su pasaje a la vida adulta, respetando sus intereses, motivaciones y necesidades”;

Que según la Resolución Nº 311/16 del CFE en su art. 44º “Las jurisdicciones garantizarán el funcionamiento de instituciones de la Modalidad de Educación Especial bajo la denominación de escuelas de “Educación Integral para adolescentes y jóvenes con discapacidad”, para los casos en que se requiera el diseño de una trayectoria acorde a las necesidades educativas y orientadas por los principios de la inclusión educativa”;

Que en su art. 45º la citada norma legal establece que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR