Resolución Nro. 15 - REGLAMENTO CONTROL DIVERSIFICACIÓN VITÍCOLA

EmisorFONDO VITIVINICOLA MENDOZA
Fecha de la disposición22 de Mayo de 2018
ANEXO I ACTA FVM Nº 79/2018 Artículos 1 y 2

21 de Junio de 2018

CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN FONDO VITIVINÍCOLA MENDOZA

-LEY 6216-

REGLAMENTACION CONTROL DIVERSIFICACIÓN VITICOLA

- Decreto 589/2018-

VISTO lo dispuesto en Resolución Anexa III ACTA FVM Nº 78/2018

22 DE MAYO DE 2018, y

CONSIDERANDO: que a los efectos del Convenio de Colaboración FVM/INV, el cual tiene por objeto implementar la fiscalización del el denominado ACUERDO INTERPROVINCIAL PARA LA DIVERSIFICACION VITICOLA (Decreto 387/18 ratificado por Ley Nº 9061 y reglamentación aprobada por Decreto Nº 589/2018) se requiere modificar el texto del punto 6º in fine del modelo de DDJJ aprobada por el Art. 3º de la Resolución Anexa III ACTA FVM Nº 78/2018;

Por ello

EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL

FONDO VITIVINÍCOLA MENDOZA

RESUELVE:

ARTICULO 1º

Sustituyese el punto 6º in fine de la DDJJ aprobada por el Art. 3º de la Resolución Anexa III ACTA FVM Nº 78/2018, por el siguiente:

En el supuesto que el establecimiento incumpla los requisitos para acceder a la exención y/o beneficios fiscales de los distintos mecanismos de diversificación vitícola, se autoriza al Fondo Vitivinícola Mendoza para que a través del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA se paralicen todos sus trámites administrativos vinculados a permisos de traslado y/o permisos de despacho de libre circulación y/o solicitudes de exportación ante el INV, hasta tanto sea regularizado el requisito incumplido

ARTICULO 2º

...

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