Resolución Nro. 136 - HIJUELA ESTEBAN EXPTE. 786.796

EmisorDepartamento General de Irrigacion
Fecha de la disposición 9 de Marzo de 2022

MENDOZA, 09 DE MARZO DEL 2022

VISTO: Expte. nº 786.796-3-2 caratulado Dirección de Ingeniería s/Imposición de servidumbres y Expropiaciones “Proyecto Modernización Sistema de Riego Hijuela Esteban Río Mendoza”, y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 113/118 de autos obra Resolución n° 0158/22 del Superintendente General de Irrigación y su Anexo I, por la que mediante su Art.1° se declara de Interés Público y sometidas a Servidumbre de Acueducto y Accesoria de Paso, a favor del Departamento General de Irrigación, de tres (3) parcelas de terreno individualizadas en el citado Anexo I, a los efectos de la realización de la obra “Modernización Sistema de Riego Hijuela Esteban - Río Mendoza”, a ejecutar en el marco del Programa de Servicios Agrícolas Provinciales IV, con fondos provenientes del Convenio Préstamo BID nº 3806/OC-AR, según lo dispuesto en la Resol. nº 037/22 de Superintendencia; por el Art. 2º se declara al trámite de “urgencia”, conforme lo normado en el Art. 53º del Dcto. Ley nº 1447/75 y demás normativa vigente sobre el particular; por el Art. 3º se establece que la imposición de servidumbre reviste el carácter de preventiva hasta la construcción definitiva de la obra, y que una vez concluida la misma se deberá efectuar la demarcación definitiva dando cumplimiento al régimen catastral vigente y su posterior inscripción en el Registro de la Propiedad Raíz;

Que mediante el Art. 7° in fine del dispositivo señalado, se elevan estas actuaciones a consideración del H.Tribunal Administrativo a los efectos de que en uso de las facultades que ostenta conforme el Art. 26° de la Ley n° 322 y Art. 11° de la Ley n° 971, establezca el monto indemnizatorio a favor de los titulares de los terrenos afectados, ubicados en Ruta Provincial nº 28 s/n., Dto. El Algarrobal, Dpto. Las Heras, esto es Sr. Darío Marcelo López, por el inmueble con N.C. 03-99-00-0300-360780-0000-9 detallado a fs. 115 y vta. e identificado como parcela nº 1; Sr. Jorge Aldo Mazzuca, por el inmueble con N.C.03-99-00-0300-420820-0000-6 individualizado a fs. 116 y vta. identificado como parcela nº 2, y Sres. María Alejandrina Rosa de Arenas; Mario y Alejandro Arenas Rosa; Arenas de Civit, María Lucila y Arenas Rosas, Mercedes por el inmueble con NC. 03-99-00-0300-490750-0000-1 cuyos datos se especifican a fs. 117 de autos, y se identifica como parcela nº 3;

Que asimismo, del croquis que corre a fs. 118 y que forma parte del Anexo I de la citada Resol. nº 0158/22 de Superintendencia, se...

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