Resolución Nro. 1260 - PERMISO DE VERTIDO

EmisorDepartamento General de Irrigacion
Fecha de la disposición27 de Diciembre de 2018

MENDOZA, 27 DE DICIEMBRE DE 2018

VISTO: El Expediente Nº 36.384 - SD Caratulado: “Matadero Frigorífico San Rafael s/ Vuelco de Efluentes”; y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 392/394, corren agregada documentación donde consta el cumplimiento por parte de la Empresa de las correspondientes publicaciones edictales.

Que a fs. 386/387 - 402, la Dirección de Policía y Calidad del Agua, emite informe manifestando que se sugiere continuar con el otorgamiento del Permiso de Vertido en el cual debe quedar establecido que el valor permitido de Conductividad Eléctrica de 2400 uS/cm para el vuelco de los efluentes al reúso agrícola descripto a fs. 399/401, debido que en su proceso utilizan el Pozo N° 17-1579 que tiene una conductividad eléctrica de 1862 uS/cm según resultados de análisis a fs. 355. Deberá presentar autocontroles mensuales de efluentes en los cuales como mínimo se deben incorporar aniones, cationes, nitritos, nitratos, NH3, coniformes fecales y totales; grasas y aceites, hasta que la autoridad disponga alguna modificación en el cronograma de autocontroles y presentar Declaración Jurada de R.U.E. anual.

Que a fs. 399/401, el Sr. Andrés Luque en nombre y representación de la Empresa Matadero Frigorífico San Rafael S.A., se adjunta imagen del área, donde se realiza el reusó agrícola de los efluentes generados en la planta, el terreno actual, implantado, cuenta con una superficie de 8,5 ha, en las que se encuentran cultivos de avenas, en el sector inicial del mismo, y sobre la franja este, existen cultivos de sorgo, el presente proyecto implica la realización de cultivos de verdeo, tanto estivales como invernales, para mantener activo el ACRE.

Que a fs. 403, la Dirección de Asuntos Legales emite dictamen manifestando que no existe objeción que formular a lo expuesto por el informe técnico de fs. 386/389, avalado por la Dirección de Policía y Calidad del Agua a fs. 402, siendo procedente la emisión del acto administrativo que otorgue el Permiso de Vertido.

Por ello, y en uso de sus facultades;

EL SUPERINTENDENTE GENERAL DE IRRIGACION

RESUELVE:

  1. ) Otórguese el Permiso de Vertido de carácter precario esencialmente revocable y sin perjuicio de terceros, a la Empresa Matadero Frigorífico San Rafael S.A., en los términos de la Resolución N° 778/96 del Honorable Tribunal Administrativo, Capítulo IIIe inscripta en el Registro Único de Establecimientos (R.U.E.) bajo el N° 400 - 043, por el término de dos (2) años partir de la fecha de la presente...

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