Resolución Nro. 113 - SISTEMA DE ESCOLARIDAD PROTEGIDA

EmisorDireccion General de Escuelas
Fecha de la disposición17 de Febrero de 2017

MENDOZA, 17 de Febrero de 2017

VISTO el Expediente N° 13907-D-16-02369, caratulado:“Dirección General de Escuelas S/Sistema de Escola-ridad Protegida Nivel Secundario”; y CONSIDERANDO: Que la Ley Nacional N° 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes reconoce, en su artículo 15, el derecho a la educación de las niñas, niños y adolescentes y en su artículo 37, prevé su inclusión y permanencia en programas de apoyo escolar a fin de evitar la amenaza o violación de este derecho; Que la Ley de Educación Nacional N° 26.206 determina en el artículo 16 que “ (…) El Ministerio de Educación de la Nación y las autoridades jurisdiccionales competentes asegurarán el cumplimiento de la obligatoriedad escolar a través de alternativas institucionales, pedagógicas y de promoción de derechos, que se ajusten a los requerimientos locales y comunitarios, urbanos y rurales…”; Que según la Resolución N° 88-CFE-09 del Consejo Federal de Educación, los Planes de Mejora de las instituciones escolares deberán prever trayectorias escolares planeadas estratégicamente a fin de favorecer la retención de los estudiantes; Que la Resolución N° 93-CFE-09 del Consejo Federal de Educación, establece que la normativa jurisdiccional deberá explicitar alternativas de cursado para poblaciones escolares con dificultades de asistencia sistemática (estudiantes trabajadores, embarazadas o madres en período de lactancia, poblaciones migrantes, poblaciones rurales en contexto de aislamiento, estudiantes con enfermedades crónicas o terminales, entre otras posibles); Que el Consejo Federal de Educación se ha expresado a través de la Resolución N° 103-CFE-10, considerando oportuno avanzar en la definición de estrategias que permitan profundizar las políticas de inclusión y/o regularización de trayectorias escolares en la educación secundaria, con vistas a garantizar condiciones para el ingreso, la permanencia y el egreso de todos los estudiantes, en el tramo final de la educación obligatoria; Que el Régimen Académico del Nivel Secundario del Sistema Educativo Provincial, aprobado por la Resolución N° 682- DGE-12 y sus modificatorias, dispone que los distintos actores del Gobierno Educativo Provincial y las instituciones escolares deben generar oportunidades educativas para los estudiantes con escolaridad de baja intensidad; Que de acuerdo a lo explicitado en el Anexo I de la Resolución N° 3010-DGE-15, la ruralidad implica un replanteamiento de la...

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