Resolución Nro. 1044 - CUMPLIMIENTO NACIONAL LEY N° 15465 - CUMPLIMIENTO DE NOTIFICACIÓN DE CASOS SOSPECHOSOS DE COVID-19

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición 5 de Junio de 2020

MENDOZA, 05 DE JUNIO DE 2020

Visto la Ley Nacional N° 15.465 y la Resolución N° 680/2020 del Ministerio de Salud de la Nación; y

CONSIDERANDO:

Que el derecho a la salud es un derecho humano fundamental reconocido constitucionalmente tanto implícita como explícitamente a través de diversos instrumentos internacionales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales;

Que la Ley Nacional N° 15.465 declara como obligatoria en todo el territorio nacional, la notificación de los casos de enfermedades infecciosas, siendo posteriormente reglamentada por Decreto N° 3640/64;

Que la referida Ley, en su artículo 2° previó la posibilidad de agregar otras enfermedades, suprimir alguna de las especificadas o modificar su agrupamiento;.

Que la Resolución N° 680/2020 del Ministerio de Salud de la Nación incorporó al régimen legal de enfermedades de notificación obligatoria, a la enfermedad COVID-19 en todas sus etapas, desde la sospecha de caso hasta el seguimiento de su evolución;

Que el mismo cuerpo normativo, en su Artículo 13°, solicitó a las autoridades sanitarias provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que tomen las medidas pertinentes para garantizar el cumplimiento efectivo de las notificaciones obligatorias de la enfermedad COVID-19;

Que la Ley Provincial Nº 9206, en su Artículo 19, otorgó facultades generales al Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes para crear las condiciones necesarias para la promoción, prevención, protección, recuperación, asistencia y rehabilitación de la salud para los habitantes de la Provincia, disponiendo además como facultades especiales: promover, colaborar y programar estrategias, dispositivos y medidas a fin de prevenir y controlar los riesgos epidemiológicos en la Provincia y asistir las emergencias sanitarias en el marco de las competencias respectivas;

Que la velocidad con que evoluciona la situación epidemiológica exige la adopción de medidas urgentes, eficaces y seguras, utilizando las herramientas digitales para la canalización dinámica y confiable de la información sanitaria.

Por ello,

LA MINISTRA DE...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR