Resolución Nro. 102 - REMATE

EmisorDIRECCION PROVINCIAL DE GANADERIA SEDE CENTRAL
Fecha de la disposición31 de Julio de 2023

General Alvear, 31 de julio de 2023.

VISTO: El expediente EX – 2023 – 05607456-GDEMZA-DPG#MEIYE, por animales en infracción a ley 6773 en el corral que ubica en el Departamento de Malargue, (Ley provincial de ganadería art. 53 al 59 y 84. Acta de Constatación N° 4539/23 y Acta de Inspección N° 99 del departamento Veterinaria y Zoonosis de la Municipalidad de Malargue; y

CONSIDERANDO: Que en la causa mencionada, se ha cumplido los actos y plazos estipulados por dicha ley, en lo que respecta a los artículos, mencionados, y teniendo presente que el plazo de estadía de la hacienda desde su ingreso al corral, establecido en el artículo 59, ha sido superado ampliamente.

Teniendo presente que en el departamento de Malargue no hay martillero público que pueda intervenir en el remate de hacienda que esta Dirección debe realizar, y dado que el profesional de otro departamento que pudiese asistir le resultaría antieconómico, dado el monto pequeño de la comisión a generarse por el bovino, y con el fin de no causar un mayor perjuicio económico a la Dirección Provincial de Ganadería, para lo cual se hace necesario adaptar la instrumentación de los remates de la hacienda que se encuentra en el corral privado habilitado, en semejanza con la forma instrumentada en el Capítulo X, Subastas, artículo 277 del Código Procesal Civil Comercial y Tributario de Mendoza, siendo esta modalidad, de aplicación en forma excepcional.

Que la modalidad de efectuar la muestra de los mismos, a las personas que habitualmente concurren a las subastas, mediante la exhibición de fotografías enviadas vía telefónica y/o cualquier otra modalidad audiovisual y/o vista in situ, en forma individual, para luego, el día fijado para la subasta, concurran a la Delegación de esta Dependencia y acompañen sus ofertas en forma escrita, la cual será evaluada frente a los distintos postores y con la presencia de personal de la Dirección Provincial de Ganadería, pudiendo aplicarse una postura mixta, al darse dos posturas iguales, quienes acto seguido podrán pujar entre sí, adjudicándose los animales en forma individual en base al mejor postor, debiéndose cumplir con los demás requisitos exigidos para las subastas que se han venido realizando en forma presencial.

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE GANADERIA

RESUELVE:

Artículo 1°

Llévese a subasta pública con base, al mejor postor y dinero en...

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