Resolución Nro. 1010 - ELECCIÓN DE ABANDERADOS Y ESCOLTAS

EmisorDireccion General de Escuelas
Fecha de la disposición12 de Junio de 2017

MENDOZA, 12 DE JUNIO DE 2017

VISTO el Expediente Nº 6468-D-2017-02369, caratulado: “S/ ELECCION DE ABANDERADOS Y ESCOLTAS EDUCACION ESPECIAL”; y;

CONSIDERANDO:

Que Ia Enseña Nacional representa a la Patria, a su soberanía, a sus próceres, su potencial físico, social, cultural, espiritual y el sentir nacional;

Que la Bandera Argentina es símbolo de paz y libertad de un pueblo libre y soberano;

Que Ia Bandera de la Provincia de Mendoza es reflejo de Ia historia provincial, la idiosincrasia de un pueblo y su cultura del esfuerzo y del trabajo sostenido para el crecimiento de quienes la habitan;

Que el proceso de elección del que resulten los alumnos portadores de estos símbolos debe ser objetiva y transparente y contemplar esencialmente el esfuerzo personal sostenido durante el recorrido en la trayectoria escolar obligatoria y reflejar las oportunidades en el acompañamiento a las mismas;

Que la Ley de Educación Nacional Nº 26.206/06 en su art. 11establece entre los fines y objetivos de la política educativa nacional: “Brindar una formación ciudadana comprometida con los valores éticos y democráticos de participación, libertad, solidaridad, resolución pacífica de conflicto, respeto a los derechos humanos, responsabilidad, honestidad, valoración y preservación del patrimonio natural y cultural” y “Fortalecer la identidad nacional basada en el respeto a la diversidad cultural y a las particularidades locales, abierta a los valores universales y a la integración regional y latinoamericana”;

Que la misma expresa en su cap. VI sobre los “Derechos y deberes de los alumnos”, que: “Todos/as los/as alumnos/as tienen los mismos derechos y deberes, sin más distinción que las derivadas de su edad, del nivel educativo, o modalidad que estén cursando o de las que se establezcan por leyes especiales”;

Que deben ser evaluados en su desempeño y logros, conforme a criterios rigurosos y científicamente fundados, en todos los niveles, modalidades y orientaciones del sistema, e informados al respecto;

Que parte de la información será extraída de la libreta escolar y/o boletín de calificaciones, según corresponda y que también se tendrá en cuenta el esfuerzo, participación, respeto, colaboración, cumplimiento de las normas de convivencia, como así también su asistencia regular a la escuela;

Que la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad propone un cambio de paradigma al abordar la discapacidad desde un...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR