Resolución Normativa Nº 8 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor12 de Julio de 2017
EmisorMinisterio de finanzas
AÑO CIII - TOMO DCXIII - Nº 19
CORDOBA, (R.A.), MARTES 26 DE ENERO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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Córdoba, 21 de Enero de 2016.-
VISTO:
El nuevo Formulario F-346 REV. 00 “CONSTANCIA DECLARACIÓN DE
CONTRIBUYENTE DE EXTRAÑA JURISDICCIÓN IMPUESTO SOBRE
LOS INGRESOS BRUTOS”;
Y CONSIDERANDO:
QUE a través de la Resolución Normativa N° 9 de fecha 21 de Enero
de 2016, se aprobó el procedimiento a cumplimentar por aquellos contri-
buyentes que deban acreditar su condición de “Contribuyente de Extra-
ña Jurisdicción”, con el objetivo de no sufrir percepciones por parte de los
Agentes de Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
QUE a los efectos de acreditar tal condición, los Contribuyentes ins-
criptos como locales de otras provincias y/o inscriptos bajo las normas del
Convenio Multilateral sin poseer alta en la jurisdicción de Córdoba, debe-
rán informar dicha situación en la opción habilitada en la Página Web de la
Dirección General de Rentas.
QUE una vez resuelto dicho trámite, el sistema emitirá el Formulario
F-346 -“CONSTANCIA DECLARACIÓN DE CONTRIBUYENTE DE EX-
TRAÑA JURISDICCIÓN IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS”,
el cual tendrá el carácter de constancia de su condición de “Contribuyente
de Extraña Jurisdicción” a efectos de no sufrir percepciones por parte de
los Agentes de Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
QUE la constancia citada precedentemente tendrá una validez de tres
(3) meses desde su emisión.
QUE por lo expuesto resulta necesario aprobar el respectivo formula-
rio, concordando el mismo con los requerimientos efectuados por el Sector
Operativo respectivo.
POR ELLO, atento las facultades acordadas por los Artículos 17 y 19
del Código Tributario, Ley Nº 6006 - T.O. 2015 y modicatorias;
EL DIRECTOR GENERAL
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1°.- APROBAR el nuevo Formulario F-346 REV. 00 “CONS-
TANCIA DECLARACIÓN DE CONTRIBUYENTE DE EXTRAÑA JURIS-
DICCIÓN IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS” que se adjunta
a la presente, y que tendrá el carácter de constancia de su condición de
“Contribuyente de Extraña Jurisdicción” a efectos de no sufrir percepciones
por parte de los Agentes de Percepción del Impuesto sobre los Ingresos
Brutos.
ARTÍCULO 2°.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el Boletín Ocial,
PASE a conocimiento de los Sectores pertinentes y Archívese.
CR. LUCIANO G. MAJLIS, DIRECTOR GENERAL
Anexo: http://goo.gl/2lrm1A
Resolución Normativa N° 8
Córdoba, 21 de Enero de 2016.-
VISTO,
la Ley Impositiva Anual N° 10.324 y la Ley N°10.323 Modicatoria de la Ley
N° 6006 Código Tributario Provincial - T.O. 2015 y Modicatorias, ambas
publicadas en el Boletín Ocial de fecha 04-12-2015 con vigencia a partir
del 01-01-2016, el Decreto N° 1205/2015 (B.O. 11-11-2015) y la Resolución
Normativa Nº 1/2015 y modicatorias (B.O.02-12-2015);
Y CONSIDERANDO:
QUE atento los cambios introducidos por la Ley Impositiva para la
anualidad 2016 y la Resolución Normativa N° 4/2015 de fecha 30-12-2015
modicatoria de la Resolución Normativa N° 1/2015 y modicatorias, por la
que se dispuso la actualización de tablas paramétricas en los aplicativos
domiciliarios para los Agentes de Retención, Percepción y/o Recaudación
del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y del Impuesto de Sellos, los Ane-
xos XXI, XXIX y XLIII de la Resolución Normativa N° 1/2015 y modicato-
rias.
QUE en virtud de la mencionada modicación resulta necesario ajustar
la Tabla II – Código de Conceptos de Operaciones del Anexo XLIV – Di-
seño de Archivo – Agente de Retención y Percepción Impuesto de Sellos
(Art. 657° R.N. N° 1/2015) incorporando los nuevos conceptos a los nes
de que los Agentes puedan confeccionar en forma correcta y actualizada
el Archivo a exportar y también se modica la Tabla V - Anulación de Re-
tenciones/Recaudaciones del Anexo XXX – Diseño de Archivo - Agentes de
Retención Recaudación y Percepción Titulo I del Libro III del Decreto N°
1205/2015 (Articulo 346° R.N. N°1/2015), en la cual se efectúan los ajustes
a los nes de la correcta denominación conforme el Código Tributario Ley
N° 6006 – T.O. 2015 y modicatorias y lo establecido en el Decreto N°
1205/2015.
POR ELLO, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 19° del Código
Tributario Provincial vigente, Ley Nº 6006 - T.O. 2015 y Modicatorias;
EL DIRECTOR GENERAL
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1°.- Modicar la Resolución Normativa N° 1/2015 y modica-
torias publicada en el Boletín Ocial de fecha 02-12-2015, de la siguiente
manera:
I. SUSTITUIR la Tabla II - Código de Conceptos de Operaciones del
Anexo XLIV – Diseño de Archivo – Agente de retención y Percepción Im-
puesto de Sellos (Art. 657° R.N. N° 1/2015), por la siguiente:
TABLA II – Códigos de Conceptos de Operaciones:
N° de Concepto
del Dato N° de Código de Referencia
5 Concepto
de Opera-
ción
1El contrato de mutuo y sus renanciaciones.
2
Contratos de obras públicas y sus subcontratos, en los casos en que
sean registrados en bolsas, cámara, merc. o asociac. con personería
jurídica, constituidas en la Pcia. o que tengan en ella liales, ag., oc.
que reúnan los req. y se sometan a las obli.

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