Resolución Normativa N° 164

EmisorDireccion general de rentas
Fecha de la disposición 9 de Octubre de 2015
CÓRDOBA, 14 de Octubre de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCX Nº 197S Primera Sección
1ª
AÑO CII - TOMO DCX - Nº 197
CORDOBA, (R.A.), MIERCOLES 14 DE OCTUBRE DE 2015
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SECCN
LEGISLACIÓN - NORMATIVAS
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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
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Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA
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Resolución General N° 2045
Córdoba, 09 de Octubre de 2015.-
VISTO: El Formulario F-975 Rev 00 “CONSTANCIA ADHESIÓN CEDULÓN DIGITAL”;
Y CONSIDERANDO:
QUE el mismo fue aprobado por Resolución General N° 1956 (B. O. 04-02-2014) para ser utilizado por los Contribuyentes
como constancia de haber efectuado el trámite de adhesión al Cedulón Digital a través del Portal Web de la Dirección
General de Rentas.
QUE atento a que es necesario también poder hacer actualizaciones a los datos informados al momento de solicitar la
adhesión, es que resulta conveniente aprobar una nueva revisión del mencionado formulario contemplando los
mencionados casos.
QUE por lo mencionado precedentemente resulta necesario la aprobación de la nueva versión del Formulario F–975
Rev. 01 “Constancia de Adhesión y Actualización de Datos al Cedulón Digital” que será obtenido por los contribuyentes
como constancia de haber efectuado el trámite de Adhesión y/o Actualización de datos al Cedulón Digital a través del Portal
Web de la Dirección General de Rentas.
QUE el formulario citado se ajusta a los requerimientos efectuados por el Sector operativo respectivo.
QUE dichas gestiones se realizan a través del Portal Virtual de la Dirección General de Rentas sin requerir clave.
POR TODO ELLO, atento las facultades acordadas por los Artículos 17 y 19 del Código Tributario, Ley Nº 6006 - T.O.
2015,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- APROBAR el nuevo diseño del Formulario F-975 Rev 01 “CONSTANCIA DE ADHESIÓN Y
ACTUALIZACIÓN DE DATOS AL CEDULÓN DIGITAL” que se ajusta a los requerimientos efectuados por el Sector
operativo respectivo, que a continuación se detalla y adjunta a la presente. El mismo será utilizado por los Contribuyentes
como constancia de haber efectuado el trámite de Adhesión y /o Actualización de Datos al Cedulón Digital a través del
Portal Web de la Dirección:
FORMULARIO Nº REVISIÓN DESCRIPCIÓN
F - 975 01 “CONSTANCIA DE ADHESIÓN, Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS
AL CEDULÓN DIGITAL”
ARTÍCULO 2°.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el BOLETÍN OFICIAL, PASE a conocimiento de todos los
sectores pertinentes y Archívese.
CR. LUCIANO G. MAJLIS
DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
ANEXO
http://goo.gl/jkvOtW
Resolución Normativa N° 164
Córdoba, 09 de Octubre de 2015.-
VISTO: La Resolución Ministerial N° 201/2010 (B.O. 07-07-2010), la
Resolución Normativa N° 1/2011 y modificatorias (B.O. 06-06-2011),
Y CONSIDERANDO:
QUE a través de la Resolución Ministerial N° 201/2010 se instruye a todas las
Reparticiones dependientes del Ministerio de Finanzas que adopten medidas
tendientes al uso racional y responsable de papel en el ámbito de cada una de
las mismas por lo que esta Dirección en igual sentido ha establecido mecanismos
tendientes a optimizar el uso del papel con un criterio estrictamente racional.
QUE consecuentemente, en función al objetivo de buscar una gestión
sustentable que proteja el medio ambiente fue necesario, a través de la RN 98/
2013, modificatoria de la RN N° 1/2011, habilitar la opción de adhesión al
cedulón digital a todos los Contribuyentes, independientemente que estén o no
en condiciones de gozar del beneficio de contribuyente cumplidor.
QUE por diversas cuestiones es conveniente permitir actualizar los datos
informados al momento de solicitar la adhesión al cedulón digital, por lo que
corresponde indicar los mecanismos para realizar los mismos y su vigencia.
POR TODO ELLO, atento las facultades acordadas por los Artículos 17 y 19
del Código Tributario, Ley Nº 6006 - T.O. 2015;
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.-MODIFICAR la Resolución Normativa Nº 1/2011 y
modificatorias, publicada en el Boletín Oficial de fecha 06-06-2011, incorporando
a continuación del Artículo 4 (15) el siguiente Título y Artículo:
“ACTUALIZACIÓN DE DATOS DE ADHESIÓN A CEDULÓN DIGITAL-
Procedimiento-Efectos
ARTICULO 4 (16): Los Contribuyentes adheridos al cedulón digital,
conforme lo previsto en el articulo 4 (15), podrán actualizar ciertos datos -
informados en el momento de la Adhesión-, a través del portal Web del
gobierno de la Provincia de Córdoba, -www.cba.gov.ar-, link de la
Dirección General de Rentas en la opción mencionada en dicho artículo.
La actualización de datos deberá informarse por objeto, tras lo cual se
presionará “Enviar” y “Aceptar”. Dicha actualización operará a partir del
siguiente vencimiento, siempre que la misma se efectué 30 días antes del
mismo, o bien a partir de la anualidad inmediata siguiente, en el caso de
DIRECCIÓN GENERAL DE
RENTAS
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