Resolucion Nº 6 -Racop-

EmisorRacop
Fecha de la disposición 5 de Marzo de 2010

RESOLUCION Nº 6 -RACOP-

Mendoza, 5 de marzo de 2010

Visto el acta de sesión del Consejo del Registro, de Antecedentes de Constructores de Obras Públicas de fecha 24 de febrero del año 2010, y la necesidad de emitir resolución de dicho organismo colegiado respecto de los temas tratados de su competencia, y

CONSIDERANDO:

Que el Consejo del Registro de Antecedentes de Constructores de Obras Públicas regido por el Artículo 17 del Decreto-Ley Nº 4416/80 de Obras Públicas según versión dada por las Leyes nros. 7173, 7290 y modificatoria, tiene entre sus atribuciones, según lo normado en el Artículo 58°, la facultad de adecuar las subespecialidades o rubros, conforme a lo que expresa: "El Consejo podrá, mediante Resolución, adecuar la denominación de las subespecialidades y de los rubros indicados en la Tabla de Especialidades o incorporar nuevas subespecialidades o rubros, en función de las características particulares de las Empresas que soliciten su inscripción y habilitación o los requerimientos de los Organismos licitantes".

Por lo expuesto, teniendo en cuenta la voluntad emitida por el Consejo del Registro de Antecedentes de Constructores de Obras Públicas en acta de sesión del día 24 de febrero del año 2010,

lo dispuesto en el Artículo 58 y cctes. del Reglamento Ejecución Nº 1759/07 aclaratorio y modificatorio

EL CONSEJO DEL REGISTRO

DE ANTECEDENTES DE

CONSTRUCTORES DE

OBRA PUBLICA

RES...

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