Resolución Nº 1676/2012

Fecha de disposición26 Octubre 2012
Fecha de publicación20 Diciembre 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 26/10/2012

VISTO el Expediente Nº 1.315.777/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/5 del Expediente Nº 1.315.777/09, obra el Acuerdo celebrado entre la UNION DEL PERSONAL SUPERIOR Y PROFESIONAL DE EMPRESAS AEROCOMERCIALES, por la parte sindical y AUSTRAL LINEAS AEREAS - CIELOS DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA, AEROLINEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA y sus empresas controladas: JET PAQ SOCIEDAD ANONIMA, OPTAR OPERADOR MAYORISTA DE SERVICIOS TURISTICOS SOCIEDAD ANONIMA y AEROHANDLING SOCIEDAD ANONIMA, conforme a lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del texto convencional alcanzado, se establece una recomposición salarial, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 103/94 “E”, suscripto entre el sindicato interviniente en autos y la empresa AEROLINEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA; del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 119/94 “E”, suscripto por la misma entidad sindical y la empresa CIELOS DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA y el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 339/99 “E”, celebrado entre la asociación gremial aquí interviniente y la empresa AEROHANDLING SOCIEDAD ANONIMA.

Que el ámbito personal y territorial de aplicación, se circunscriben a la correspondencia de la representatividad entre los agentes negociales firmantes.

Que las partes han ratificado el contenido y firmas insertas en el Acuerdo traído a estudio, acreditando la personería y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.

Que los agentes negociales se encuentran legitimados para celebrar el presente conforme surge de los antecedentes obrantes ante esta Cartera de Estado.

Que los Delegados de Personal han ejercido la representación que les compete en la presente negociación, en los términos de lo prescripto por el Artículo 17 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que por último, corresponde que una vez dictado el acto administrativo homologatorio del Acuerdo de referencia, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Declárase homologado el Acuerdo que obrante a fojas 2/5 del Expediente Nº 1.315.777/09, celebrado entre la UNION DEL PERSONAL SUPERIOR Y PROFESIONAL DE EMPRESAS AEROCOMERCIALES y AUSTRAL LINEAS AEREAS - CIELOS DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA, AEROLINEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA y sus empresas controladas: JET PAQ SOCIEDAD ANONIMA, OPTAR OPERADOR MAYORISTA DE SERVICIOS TURISTICOS SOCIEDAD ANONIMA y AEROHANDLING SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2°

— Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 2/5 del Expediente Nº 1.315.777/09.

ARTICULO 3°

— Remítase copia debidamente autenticada al...

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