Resolución Nº 561/2012

Fecha de disposición31 Octubre 2012
Fecha de publicación06 Noviembre 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 31/10/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0334726/2012 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007, la Decisión Administrativa Nº 647 del 8 de agosto de 2012, la Resolución Conjunta Nros. 89 y 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y la ex-SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA, respectivamente, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 647 del 8 de agosto de 2012 se dispone exceptuar al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, de lo dispuesto por el Artículo 7º de la Ley Nº 26.728, a efectos de cubrir diversos cargos vacantes de la Planta Permanente de esta Jurisdicción.

Que en el mismo orden el Artículo 2º de la mentada Decisión Administrativa establece que “…Los cargos involucrados deberán ser cubiertos mediante los sistemas de selección previstos en el Título VI del Anexo del Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007…”.

Que mediante el Artículo 56 y siguientes del citado Decreto Nº 40/07, se establece el régimen de selección.

Que la Resolución Conjunta Nros. 89 y 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y la ex-SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA, respectivamente, aprueba el Reglamento del Procedimiento de Selección para la cobertura de vacantes de la Planta Permanente del citado Servicio Nacional.

Que los incisos b) y c) del Artículo 6º de la Resolución Conjunta mencionada en el considerando anterior, establece por quiénes deberá estar integrado el Comité de Selección para los cargos que nos ocupan.

Que en consecuencia corresponde disponer la apertura del proceso de selección para la cobertura de los cargos que figuran en el Anexo I, que a tal efecto forma parte integrante de la presente resolución.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete, no encontrando reparos de índole legal que formular.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de las atribuciones que le confiere el Artículo 8, inciso h) del Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1196, sustituido por su similar Nº 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,

EL PRESIDENTE

DEL SERVICIO NACIONAL

DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

RESUELVE:

ARTICULO 1º
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