Resolución Nº 1268/2012

Fecha de disposición28 Agosto 2012
Fecha de publicación16 Octubre 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 28/8/2012

VISTO el Expediente Nº 1.502.000/12 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3/19 del Expediente Nº 1.502.000/12, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO ARGENTINO DE TELEVISION, SERVICIOS AUDIOVISUALES, INTERACTIVOS Y DE DATOS (S.A.T.S.A.I.D.), por la parte gremial y las empresas VER TV SOCIEDAD ANONIMA y TELEDIFUSORA SAN MIGUEL ARCANGEL SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, conforme a lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del texto convencional alcanzado, se establecen condiciones de trabajo para el personal dependiente de las empresas firmantes.

Que el presente se articulará con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 223/75.

Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con la actividad de las empresas firmantes y la representatividad de la asociación sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando la personería y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.

Que los Delegados de Personal han ejercido la representación que les compete en la presente negociación, en los términos de lo prescripto por el artículo 17 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente, encontrándose acreditado el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO ARGENTINO DE TELEVISION, SERVICIOS AUDIOVISUALES, INTERACTIVOS Y DE DATOS (S.A.T.S.A.I.D.) y las empresas VER TV SOCIEDAD ANONIMA y TELEDIFUSORA SAN MIGUEL ARCANGEL SOCIEDAD ANONIMA, que luce a fojas 3/19 del Expediente Nº 1.502.200/12, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2°

— Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 3/19 del Expediente Nº 1.502.000/12.

ARTICULO 3º

— Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

— Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 223/75.

ARTICULO 5°

— Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del instrumento homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6°

— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.502.000/12

Buenos Aires, 30 de agosto de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1268/12 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3/19 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1022/12. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 19 días del mes de abril de 2012, entre por una parte el SINDICATO ARGENTINO DE TELEVISION, SERVICIOS AUDIOVISUALES INTERACTIVOS Y DE DATOS (en adelante denominado indistintamente el “SATSAID” o el “Sindicato”) con personería gremial Nº 317 y domicilio en la calle Quintino Bocayuva Nº 50, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada por los Sres. Gustavo Bellingeri, Horacio Dri y Claudio Maidana, todos miembros del CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL Eduardo Zunino Secretario General Adjunto de la Seccional Zona I y los Sres. Martín Dotto, Gerardo Rodriguez, Víctor Ferrero, Fernando Cataldo, Guillermo Gentilezza, Pablo Purpi y Carla Santibañez como Delegados del Personal; y por la otra parte, las empresas Ver TV S.A. y Teledifusora San Miguel Arcángel S.A., ambas con domicilio en la Avda. Presidente Perón 1783 de San Miguel, Pcia. de Buenos Aires, representadas en este acto por el Sr. Martín Picca DNI. 16.766.037, en su carácter de apoderado celebran el presente acuerdo.

ARTICULO 1

Vigencia y ámbito de aplicación.

Este Acuerdo tendrá vigencia entre el 1 de abril de 2012 y el 1 de abril del 2014, y será de aplicación a todos los trabajadores de la empresa bajo el ámbito de representación personal del SATSAID en todo el territorio nacional.

ARTICULO 2

Articulación convencional.

Este Acuerdo se articula con el CCT Nº 223/75, de conformidad con lo establecido por el artículo 23° de la Ley Nº 25.877. Todo lo no contemplado en este Acuerdo se regirá, por el CCT mencionado precedentemente, o por aquella norma convencional que en el futuro la reemplace. --

ARTICULO 3

Ubicación de Funciones en Escala Salarial.

Las funciones que a continuación se detallan serán ubicadas en la escala salarial de la siguiente forma:

FUNCIONESGrupo SalarialTécnico de Fibra Optica/Hub/Obras-Categoría 1º1Técnico de Fibra Optica/Hub/Obras-Categoría 2°2Técnico de Red - Categoría 1°2Técnico de Red - Categoría 2°3Técnico de Service - Categoría 1°3Técnico de Service - Categoría 2°4Técnico de Service - Categoría 3°5Técnico/de Decos - Categoría 1°5Técnico de Decos - Categoría 2°6Técnico de Decos - Categoría 3°7Técnico de Cortes - Categoría 1°6Técnico de Cortes - Categoría 2°7Técnico de Cortes - Categoría 3°8Técnico de Cortes - Categoría 4°9Técnico de Instalaciones - Categoría 1°6Técnico de Instalaciones - Categoría 2°7Técnico de Instalaciones - Categoría 3°8Técnico de Instalaciones - Categoría 4°9Mantenimiento - Categoría 1ª5Mantenimiento - Categoría 2ª6Mantenimiento - Categoría 3ª7Mantenimiento - Categoría 4ª8Mantenimiento - Categoría 5ª9Administrativos y Administrativos Técnicos - Categoría 1ª 3Administrativos y Administrativos Técnicos - Categoría 2ª 4Administrativos y Administrativos Técnicos - Categoría 3ª 5Administrativos y Administrativos Técnicos - Categoría 4ª 7Administrativos y Administrativos Técnicos - Categoría 5ª 9Cajero/Atención al Cliente - Categoría 1ª4Cajero/Atención al Cliente - Categoría 2ª5Cajero/Atención al Cliente - Categoría 3ª6Cajero/Atención al Cliente - Categoría 4ª9Promotor de Ventas - Categoría 1ª5Promotor de Ventas - Categoría 2ª7Promotor de Ventas - Categoría 3ª9Operador de atención al cliente - Categoría 1°7Operador de atención al cliente - Categoría 2°8Operador de atención al cliente - Categoría 3°9Operador de atención al cliente - Categoría 4°10Operador de atención al cliente (Ventas) - Categoría 1°6Operador de atención al cliente (Ventas) - Categoría 2°7Operador de atención al cliente (Ventas) - Categoría 3°8Operador de atención al cliente (Ventas) - Categoría 4°9Operador de atención al cliente (Soporte Técnico) - Categoría 1°5Operador de atención al cliente (Soporte Técnico) - Categoría 2°6Operador de atención al cliente (Soporte Técnico) - Categoría 3°7Operador de atención al cliente (Soporte Técnico) - Categoría 4°8Maestranza - Categoría 1ª9Maestranza - Categoría 2ª10Maestranza - Categoría 3ª11

ARTICULO 4

Plan de Carrera:

Las partes acuerdan el siguiente plan de carrera para las distintos sectores de carrera de la empresa

SectorGrupo SalarialTiempo en la CategoríaMANTENIMIENTO Mantenimiento - Categoría 5ª 9Hasta 18 mesesMantenimiento - Categoría 4ª 819 a 30 mesesMantenimiento - Categoría 3ª 731 a 42 mesesMantenimiento - Categoría 2ª 643 a 54 mesesMantenimiento - Categoría 1ª 5A partir de los 55 mesesCAJA Y ATENCION AL CLIENTECajero/Atención al Cliente - Categoría 4ª 9Hasta 18 mesesCajero/Atención al Cliente - Categoría 3ª 619 a 30 mesesCajero/Atención al Cliente - Categoría 2ª 531 a 42 mesesCajero/Atención al Cliente - Categoría 1ª 4A partir de los 43 mesesPROMOTORES DE VENTAS Promotor de Ventas 3ª9Hasta 18 mesesPromotor de Ventas 2ª719 a 30 mesesPromotor de Ventas 1ª5A partir...

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