Resolución Nº 1179/2012

Fecha de disposición10 Agosto 2012
Fecha de publicación26 Septiembre 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 10/8/2012

VISTO el Expediente Nº 1.365.164/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 124 del 12 de febrero de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 36 del Expediente Nº 1.365.164/10 obran los valores de los salarios básicos pactados entre el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la ASOCIACION DE ASEGURADORES DE VIDA Y RETIRO DE LA REPUBLICA ARGENTINA (AVIRA), por la parte empresarial, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 283/97, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que los valores de los salarios básicos forman parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 124/10 y registrado bajo el Nº 225/10, conforme surge de fojas 63/65 y 68, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 82/85, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que sin perjuicio del tope que se fija por el presente acto, resulta oportuno dejar aclarado que mediante la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1382 del 14 de octubre de 2011, se fijaron los topes indemnizatorios con vigencia desde el 1° de julio de 2010 y 1° de octubre de 2010, correspondientes al Acuerdo Nº 1599/10, que por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1608 del 9 de noviembre de 2011, se fijaron los topes indemnizatorios con...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR