Resolución Nº 867/2012

Fecha de disposición15 Junio 2012
Fecha de publicación18 Julio 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 15/6/2012

VISTO el Expediente Nº 159.541/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976), y

CONSIDERANDO:

Que a foja 2 del Expediente Nº 159.541/12 obra el Acuerdo celebrado por la FEDERACION ARGENTINA UNION PERSONAL PANADERIAS Y AFINES, y el SINDICATO DE OBREROS PANADEROS DE SANTA FE, por la parte sindical y el CENTRO DE INDUSTRIALES PANADEROS SANTA FE, por la parte empresaria, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho Acuerdo las partes pactaron condiciones salariales en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 519/07, conforme se establece en el texto convencional traído a estudio.

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la representatividad conjunta de los agentes firmantes.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el mentado acto homologatorio, deberán girarse estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el proyecto de base promedio y tope indemnizatorio, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Declárase homologado el Acuerdo celebrado por la FEDERACION ARGENTINA UNION PERSONAL PANADERIAS Y AFINES y el SINDICATO DE OBREROS PANADEROS DE SANTA FE, por la parte sindical, y el CENTRO DE INDUSTRIALES PANADEROS SANTA FE, por la parte empresaria, obrante a foja 2 del Expediente Nº 159.541/12, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2°

— Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION...

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