Resolución Nº 26/2011

Fecha de disposición19 Diciembre 2011
Fecha de publicación16 Enero 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 19/12/2011

VISTO el Expediente Nº 1.436.145/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 23 del Expediente Nº 1.436.145/11, obra el Acuerdo celebrado entre la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (U.T.E.D.Y.C.), por la parte sindical y la ASOCIACION BANCARIA (SOCIEDAD DE EMPLEADOS DE BANCO), por el sector empleador, conforme a lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del presente las partes signatarias establecen condiciones salariales para el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1158/10 “E”; del cual resultan ser signatarias.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas insertas en el texto convencional alcanzado, acreditando la personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias obrantes en autos.

Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad de la empleadora firmante y de la asociación sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que los Delegados de Personal han ejercido la participación que les compete en la presente negociación, en los términos de lo prescripto por el Artículo 17 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a los efectos de evaluar la procedencia de realizar el cálculo del tope indemnizatorio previsto por el artículo 245 de la la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias respecto del acuerdo cuya homologación se dispone, resulta oportuno requerir por este mismo acto a sus signatarios que acompañen las escalas salariales correspondientes al mismo.

Que en tal sentido corresponde hacer saber a las partes que las escalas salariales solicitadas deberán ser ratificadas por ambas y detallar las categorías y los salarios correspondientes a cada una de ellas, los aumentos otorgados y adicionales a aplicarse y todos aquellos conceptos remuneratorios que incidan sobre los salarios de los...

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