Resolución Nº 1458/2011

Fecha de disposición21 Octubre 2011
Fecha de publicación13 Diciembre 2011
SecciónResoluciones

Bs. As., 21/10/2011

VISTO el Expediente Nº 918.231/92 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 661/662 del Expediente Nº 918.231/92, obra el Acuerdo suscripto entre la UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA SECCIONAL VILLA CONSTITUCION, por el sector sindical y la empresa SIAT SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, conforme con lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el acuerdo precitado las partes convienen incrementar la gratificación extraordinaria no remunerativa pactada en el acuerdo homologado mediante Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 585 de fecha 21 de junio de 2011.

Que a foja 678 del Expediente Nº 918.231/92 ratifica el presente acuerdo la UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UOMRA).

Que el ámbito territorial y personal del Acuerdo bajo análisis, se corresponde con la actividad de la empresa signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º

— Declárase homologado el Acuerdo suscripto entre la UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (U.O.M.R.A.), por el sector sindical y la empresa SIAT SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, obrante a fojas 661/662 del Expediente Nº 918.231/92 juntamente con el Acta de ratificación obrante a foja 678 del Expediente Nº 918.231/92, conforme con lo dispuesto por la Ley de Negociaciones Colectivas Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º

— Regístrese la presente Resolución en el Departamento de Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo juntamente con el Acta...

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