Resolución Nº 1168/2011

Fecha de disposición14 Septiembre 2011
Fecha de publicación18 Noviembre 2011
SecciónResoluciones

Bs. As., 14/9/2011

VISTO el Expediente Nº 1.403.686/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.403.686/10 obra el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION ARGENTINA EMPLEADOS DE LA MARINA MERCANTE, por la parte sindical, y la CAMARA ARGENTINA DE ARENA Y PIEDRA, por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que según surge de diversos antecedentes obrantes ante esta Cartera de Estado y de las constancias de fojas 33 y 34 del expediente citado en el Visto, la correcta denominación de la entidad empresaria es CAMARA ARGENTINA DE ARENA Y PIEDRA, habiendo las partes incurrido en un error involuntario al consignarse la misma con otra denominación en el Acuerdo de marras.

Que mediante el mismo los firmantes establecen la nueva escala salarial correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo Nº 483/07.

Que el ámbito personal y territorial de aplicación del citado Acuerdo se ajusta a la correspondencia de representatividad de los agentes signatarios.

Que la vigencia del Acuerdo se fija a partir del día 1º de julio de 2010.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, deberán remitirse las actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo para evaluar la correspondencia de elaborar el proyecto de base promedio y tope indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º

— Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION ARGENTINA EMPLEADOS DE LA MARINA MERCANTE, por la parte sindical, y la CAMARA ARGENTINA DE ARENA Y PIEDRA, por la parte empleadora, obrante a fojas 2/3...

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