Resolución Nº 981/2011

Fecha de disposición04 Noviembre 2011
Fecha de publicación11 Noviembre 2011
SecciónResoluciones

Bs. As., 4/11/2011

VISTO, el Expediente CUDAP: EXP-JGM 14411/2010 (ex JefGabMin-Exp3093/2010) y sus agregados (CUDAP: EXP-JGM 54627/2010, 61619/2010, 66122/2010, 76801/2010 y 8216/2011, y CUDAP: TRI-JGM 2252/2011); todos del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Decreto Delegado Nº 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 y el Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional aprobado por el Decreto Nº 436 del 30 de mayo de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que por la Disposición Nº 13 de fecha 4 de agosto de 2010, la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, aplicó a la firma LOBOV Y CIA S.A., DOS (2) sanciones de suspensión para contratar con el Estado Nacional por el plazo de UN (1) año una y de TRES (3) meses otra, en los términos del artículo 145, inciso b), apartados I) y III), del Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional aprobado por el Decreto Nº 436/2000, ello como consecuencia de la rescisión total del contrato por culpa del adjudicatario y de la falta de pago en término del valor de la garantía perdida, en el marco de la Contratación Directa Nº 15/2009 llevada a cabo por la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR.

Que la firma LOBOV Y CIA S.A. interpuso recurso de reconsideración contra la aludida Disposición ONC Nº 13/2010, el que fue desestimado mediante la Disposición Nº 7, del 21 de marzo de 2011, de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.

Que la Disposición ONC Nº 7/2011, fue notificada a la firma LOBOV Y CIA S.A., con fecha 4 de abril de 2011.

Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 88 del Reglamento Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/1972 (t.o. 1991), el recurso de reconsideración lleva el jerárquico en subsidio.

Que, con fecha 18 de abril de 2011, la recurrente realiza una ampliación de fundamentos del recurso jerárquico en subsidio y procede a reiterar los argumentos vertidos en el recurso de reconsideración y sus ampliaciones.

Que el proveedor LOBOV Y CIA S.A. replica que la magnitud de las sanciones impuestas es excesiva para el bajo monto de dicha multa, ya que el quantum no refleja de modo alguno la impecable trayectoria de la empresa.

Que la firma en cuestión esgrime también que existieron razones fundadas que impidieron la normal provisión de los elementos contratados y que no...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR