Resolución Nº 822/2011

Fecha de disposición26 Julio 2011
Fecha de publicación19 Octubre 2011
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32258

Bs. As., 26/7/2011

VISTO el Expediente Nº 1.446.805/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 3 obra agregada el Acta Acuerdo suscripta con fecha 7 de enero de 2011, celebrada entre la FEDERACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA por el sector gremial y la empresa GAS NEA SOCIEDAD ANONIMA por el sector empleador, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por medio del Acta Acuerdo de foja 3, las partes han convenido otorgar una suma fija de PESOS SEISCIENTOS ($ 600) no remunerativa pagadera en febrero de 2011 con las consideraciones que obran en el texto al cual se remite.

Que a foja 2 obra agregada el Acta Acuerdo suscripta con fecha 29 de abril de 2011, celebrada entre la FEDERACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA por el sector gremial y la empresa GAS NEA SOCIEDAD ANONIMA por el sector empleador, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por medio del Acta Acuerdo de foja 2, las partes han convenido otorgar una suma fija de PESOS SEISCIENTOS ($ 600) no remunerativa, pagaderos en el mes de mayo 2011, incorporar la suma fija de PESOS SEISCIENTOS ($ 600) otorgada en el mes de febrero de 2011 a los salarios, incorporar a los salarios la suma abonada por el ítem Ley Nº 26.341 y modificar valores de guardias pasivas y antigüedad conforme las fechas de pago, prescripciones y demás consideraciones que obran en el texto al cual se remite.

Que por medio de las Actas formalizadas por ante esta Autoridad de Aplicación obrantes a fojas 10 y foja 14, las partes han procedido a ratificar las Actas Acuerdo celebradas.

Que cabe destacar que las partes son las signatarias del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1044/09 “E”.

Que el ámbito territorial y personal de aplicación de las Actas Acuerdo, se corresponde con la actividad de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que debe tenerse presente que la atribución de carácter no remunerativo a algún concepto que compone el ingreso a percibir por los trabajadores es, en principio de origen legal y de alcance restrictivo. Correlativamente, la atribución heterónoma de tal carácter es excepcional y, salvo en supuestos especiales legalmente previstos, debe tener validez transitoria. En función de ello, se indica que en eventuales futuros acuerdos las partes deberán establecer el modo y plazo en que dichas sumas cambiarán tal carácter.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando las Actas Acuerdo, se procederá a elaborar por intermedio de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, el pertinente proyecto de Base...

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