Resolución Nº 734/2011

Fecha de disposición13 Julio 2011
Fecha de publicación14 Octubre 2011
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32255

Bs. As., 13/7/2011

VISTO el Expediente Nº 156.582/09 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente Nº 156.582/09 obra el Acuerdo salarial celebrado entre el SINDICATO DE OBREROS PANADEROS DE SANTA FE y la FEDERACION ARGENTINA UNION PERSONAL PANADERIAS Y AFINES (FAUPPA), por la parte trabajadora, y, por la parte empleadora, el CENTRO DE INDUSTRIALES PANADEROS DE SANTA FE, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por el acuerdo de marras las partes convienen la Escala Salarial para el Período 4/2009 al 8/2009 y desde 9/2009, para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 519/07, en los montos y conceptos detallados en el mismo.

Que es dable indicar en relación a lo pactado que, tanto el ámbito personal como el territorial de aplicación, quedan estrictamente circunscriptos a la correspondencia de la representatividad de los agentes negociales signantes.

Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homologación.

Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por último, correspondería, una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el cálculo del tope previsto en el artículo 245 de la Ley 20.744 (t.o...

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