Resolución Nº 28/2011

Fecha de disposición28 Septiembre 2011
Fecha de publicación06 Octubre 2011
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32250

Bs. As., 28/9/2011

VISTO el Expediente Nº 2202/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 26.377, el Decreto Nº 1370 de fecha 25 de agosto de 2008 y las Resoluciones de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL Nros. 4 de fecha 1 de septiembre de 2010 y 3 de fecha 11 de febrero de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26.377 y su Decreto Reglamentario Nº 1370/08 facultó a las asociaciones de trabajadores rurales con personería gremial y las entidades empresarias de la actividad rural, suficientemente representativas, sean o no integrantes del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE), a celebrar entre sí convenios de corresponsabilidad gremial en materia de Seguridad Social.

Que el Decreto Nº 1370/08 estableció la competencia de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, para los casos de homologación de los convenios celebrados en el marco de la Ley Nº 26.377.

Que por la Resolución de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL Nº 4 de fecha 1 de septiembre de 2010, se homologó el Convenio celebrado entre la UNION ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES (UATRE) y la COOPERATIVA TABACALERA Y AGROPECUARIA DEL CHACO, celebrado en el marco de la Ley Nº 26.377 y su Decreto Reglamentario Nº 1370/08.

Que por la Resolución de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL Nº 3 de fecha 11 de febrero de 2011 se homologó la Addenda de fecha 12 de diciembre de 2010 al Convenio celebrado entre la UNION ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES (UATRE) y la COOPERATIVA TABACALERA Y AGROPECUARIA DEL CHACO, homologado por Resolución de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL Nº 4/10.

Que habiendo finalizado el ciclo productivo en fecha 30 de abril de 2011, corresponde proceder a la aprobación de la nueva tarifa sustitutiva, de acuerdo a lo establecido en el artículo 8º de la Ley Nº 26.377.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1370/08.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1º

— Apruébase la nueva tarifa sustitutiva del Convenio celebrado entre la UNION DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES (UATRE) y la COOPERATIVA TABACALERA Y AGROPECUARIA DEL CHACO, homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL Nº 4 de fecha 1 de...

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