Resolución N° 335 S.H.

EmisorMunicipalidad de Capital
Fecha de la disposición 1 de Julio de 2009

RESOLUCIÓN N° 335 S.H.

Mendoza, 1 de julio de 2009

Visto: El Expediente Nº 7847-R-2008 caratulado "Rentas, Dirección de E/Proyecto reglamentación planes de pago créditos tributarios y no tributarios"; y

CONSIDERANDO:

Que el interés moratorio aplicable a las deudas municipales administradas por la Dirección de Rentas y el interés compensatorio aplicable a los planes de pagos, están previstos en los Artículos N° 51°, 53°, 54°, 69° y 84° del Código Tributario Municipal y los Artículos N° 84°, 85° y concordantes de la Ordenanza Tarifaria N° 3744/08.

Que por Decreto N° 654/08 se estableció el régimen regulatorio del plan de facilidades de pago y descuentos sobre créditos tributarios y no tributarios.

Que el Artículo 7° del Anexo I del Decreto N° 654/08 dispuso que la tasa de interés a aplicar sobre los saldos financiables, sería la vigente al momento de acogimiento al plan de pagos, fijada por la Secretaría de Hacienda.

Que por Resolución Nº 106/09 S.H. se fijó la tasa de interés directa del dos por ciento (2%) mensual para las deudas en mora administradas por la Dirección de Rentas y para los planes de financiamiento que otorgue dicha dependencia, durante el período 1ro. de Marzo de 2009 al 1ro. de Julio de 2009.

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA DE LA MUNICIPALIDAD

DE LA CIUDAD DE MENDOZA

RESUELVE:

Artículo 1º

Fíjese la tasa de interés directa del dos por ciento (2%) mensual para las deudas en mora administradas por la Dirección de Rentas y para...

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