Resolucion N° 2182 -S

EmisorMin. Seguridad
Fecha de la disposición29 de Septiembre de 2008

RESOLUCION N° 2182 -S

Mendoza, 29 de setiembre de 2008

Visto el expediente N° 8533-S-2007-00106 y sus acumulados Nros. 12577-S-2005-00105 y 7841-S-2007-00106, y

CONSIDERANDO:

Que en las citadas actuaciones el ex Cabo -Personal Policial- José Alberto Sosa Villanueva, interpone recurso de apelación contra la Resolución N° 1027 S-07, que no hizo lugar al reclamo formulado para que se le abonara la indemnización prevista en el Art. 9° de la Ley N° 6652;

Que por el principio de informalismo a favor del administrado el recurso deducido debe ser tratado como de revocatoria contra la mencionada Resolución;

Que el recurso ha sido interpuesto en tiempo y forma, resultando formalmente procedente;

Que, desde el punto de vista sustancial, corresponde su rechazo, toda vez que el Art. 9° de la Ley N° 6652, disponía que el personal respecto al cual se le hubiera dispuesto la baja obligatoria, fundada en el Proceso de Reestructuración de la Policía de Mendoza, tendría derecho a cobrar una indemnización conforme lo dispuesto por el Art. 17 del Decreto N° 560/73, siempre que no se encontrara bajo sumario administrativo o proceso penal que pudieran concluir en una medida expulsiva de la fuerza o su inhabilitación para ejercer cargos públicos. El pago de la indemnización quedaría en suspenso hasta la finalización de dichos procesos pendientes, si de ellos resultaba que correspondía la aplicación de algunas de las medidas antes mencionadas...

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