RESOLUCIÓN N° (M.P.) 018 RESOLUCIÓN N° (M.S.) 205

Fecha23 Febrero 2018
Número de registro21568
EmisorMINISTERIO DE LA PRODUCCION MINISTERIO DE SALUD

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional

, 05 FEB 2018

Visto el Expediente Nº 00701-0108475-9 del registro del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que mediante las presentes actuaciones se gestiona desarrollar un sistema complementario para la promoción y desarrollo de las producciones agropecuarias periurbanas de alimentos destinadas al consumo y comercialización local y regional, entre los Ministerios de la Producción y de Salud;

Que el Gobierno de la Provincia de Santa Fe ha establecido como fundamental la producción de alimentos a nivel local como unas de las estrategias centrales para el logro de los principios de seguridad y soberanía alimentaria;

Que los consumidores necesitan tener disponible herramientas de información que le permitan verificar el origen y atributos de las diferentes producciones alimentarias (frutas y hortalizas principalmente);

Que por Ley Provincial N° 13509 se otorgan funciones a los Ministerios de la Producción y de Salud para intervenir en la determinación de políticas según su ámbito de incumbencia y que según el artículo 13, los acuerdos que den origen a decretos y resoluciones conjuntas serán suscritos en primer término por aquel a quien competa originalmente el asunto y a continuación por los demás, en el orden establecido en el artículo 1 de esta ley, debiendo ser ejecutados por el Ministerio o Secretaría de Estado a cuya cartera corresponda o por el que se designe a tal efecto;

Que la Ley Nacional N° 27.118 de “Reparación histórica de la agricultura familiar para la construcción de una nueva ruralidad en la Argentina”, a la cual la Provincia de Santa Fe ha adherido, dispone acciones que priorizan las prácticas argoecológicas y la seguridad y soberanía alimentaria;

Que el día 15 de junio de 2017 se presentó el Programa Provincial de Producción Sustentable de Alimentos Periurbanos (PSAP) y que mediante Expediente N° 00701-0107208-6 se tramita su reconocimiento mediante Resolución del Ministerio de la Producción;

Que el mencionado programa tiene por objetivo fortalecer las unidades de producción sustentable de alimentos entendidas como aquellas que propicien las buenas prácticas (tanto agropecuaria como de elaboración o manufactura), se rijan por los enfoques de base agroecológica, orgánica y/o en transición agroecológica; impulsar el surgimiento de nuevas experiencias de producción sustentable de alimentos haciendo énfasis en las áreas periurbanas;

Que existen a nivel Municipal/Comunal diversas iniciativas de promoción de producción de alimentos y mejoras productivas y, que 25 gobiernos locales han adherido al Programa Provincial de Producción Sustentable de Alimentos en Periurbanos;

Que enmarcado en el mismo se lanzó en el mes de octubre de 2017 el Parque Agrario Santa Fe Metropolitana, iniciativa que busca poner en valor la agricultura de proximidad con un enfoque de gobernanza y soberanía alimentaria; proteger y fortalecer las producciones primarias; potenciar la actividad económica vinculada a la provisión de alimentos frescos; promocionar prácticas productivas agroecológicas y el desarrollo de espacios de comercialización de cercanía;

Que por Decreto N° 0206/07 se crea la “Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria”, como organismo descentralizado, en el ámbito del Ministerio de Salud Provincial y en su artículo 2° se define como Seguridad Alimentaria al derecho de todas las personas de disponer en todo momento de alimentos inocuos, nutritivos y culturalmente aceptables, necesarios para llevar una vida sana y activa que les permita desarrollar todas sus potencialidades; en su artículo 6° inciso b) se establece que: “El Ministerio de Salud articulará actividades y políticas con las áreas responsables de la producción primaria correspondientes al Ministerio de la Producción, favoreciendo la integración entre éstas”;

Que por Decreto N° 1724/17 se crea en el ámbito del Ministerio de la Producción el “Registro Único de Producciones Primarias” (RUPP) cuyo objetivo es centralizar la documentación e información de todas aquellas personas humanas o jurídicas cuyas actividades tengan relación con las producciones primarias en el territorio de la Provincia de Santa Fe; se establece además que el RUPP se desarrollará en coordinación con la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAL) y el Instituto Provincial de Estadísticas y Censos (IPEC);

Por ello, y lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos,-

LA MINISTRA DE LA PRODUCCIÓN

Y LA MINISTRA DE SALUD

R E S U E L V E N:

ARTÍCULO 1º.- Establecer la guía que deberán seguir los productores, profesionales/técnicos y los organismos de estado provincial, municipal/comunal para la inclusión dentro del sistema de producción sustentable, la que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución.-

ARTÍCULO 2º.- Establecer como obligatorio el desarrollo e implementación de un Manual de Buenas Prácticas que deberá contar con los procedimientos/instructivos para el aseguramiento de los productos que se obtengan, el que como Anexo II forma parte integrante de la presente resolución.-

ARTÍCULO 3°.- Designar a la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Recursos Naturales y a la Secretaría de Desarrollo Territorial y Economía Social por el Ministerio de la Producción y a la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria por el Ministerio de Salud, como las áreas responsables de articular con Municipios/Comunas y con otros organismos que se crea conveniente para la aplicación y el desarrollo de un sistema de promoción, implementación, evaluación y mejora de la presente según las incumbencias establecidas.-

ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese y archívese.-

ANEXO I

Producciones Agropecuarias Periurbanas

Pasos para la incorporación de un productor al sistema

Paso 1

a) Registro/Aprobación Comunal/Municipal.

b) Registro Único de Producciones Primarias.

c) Registro ante AFIP.

Paso 2

a) Limpieza, clasificación y normas en la superficie afectada al proyecto.

b) Sectorización de las áreas para producción, acondicionamiento, depósito de materias primas, productos terminados, vivienda, etc.

c) Aseguramiento del agua para riego/lavado y consumo.

d) Forestación estratégica del lugar.

Paso 3

a) Definir las especies frutihortícolas/pecuarias a producir.

Paso 4

a) Implementación de un Manual de Buenas Prácticas Agrícolas/Pecuarias/Manufacturas.

b) Comercialización: Registro de establecimiento y producto.

Paso 5

a) Producción de base agroecológica.

ANEXO II

Manual de Buenas Prácticas

Guía de procedimientos/instructivos

Manual de Buenas Prácticas: Es un conjunto de procedimientos/instructivos, escritos y sistematizados que se aplican a todas las actividades que se desarrollan en un establecimiento cuando producimos:

Buenas Prácticas Agrícolas: Producción fruta, verdura, etc.

Buenas Prácticas Pecuarias: Producción leche, huevo, carne, etc.

Buenas Prácticas de Manufactura: Producción dulce, queso, etc.

De esta manera logramos realizar las actividades de la misma forma, para obtener siempre el mismo resultado, bajo las mismas circunstancias estableciendo medidas...

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