RESOLUCION Nº 36.969 DEL 18 JUL. 2012
Fecha de disposición | 25 Julio 2012 |
Fecha de publicación | 25 Julio 2012 |
Sección | Resoluciones |
Miércoles 25 de julio de 2012 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.445 34
ARTICULO 2° — Autorizar a operar en reaseguros en el territorio de la República Argentina a
NACIONAL DE REASEGUROS S.A. conforme lo previsto en el artículo 1°, inc. a), de la Resolución
N° 35.615.
ARTICULO 3° — Conferir intervención a la Inspección General de Justicia a los efectos de
proceder a su inscripción en el Registro Público de Comercio la cual deberá ser cumplimentada en
el término de sesenta (60) días, de conformidad con lo establecido en el artículo 8°, párrafo 6, de la
Ley N° 20.091.
ARTICULO 4° — Hacer saber a la reaseguradora que, una vez producida la inscripción en el
Registro de Entidades de Seguros y Reaseguros, deberá comunicar la fecha de inicio de las opera-
ciones.
ARTICULO 5° — Hacer saber a la reaseguradora que deberá tener en cuenta lo dispuesto en el
artículo 48, inciso a), de la Ley N° 20.091.
ARTICULO 6° — Comuníquese, notifíquese y publíquese en el Boletín Ocial. — DIEGO S.
MARENZI, Gerente Técnico y Normativo, a/c Superintendencia de Seguros de la Nación, Resolución
N° 36.536.
NOTA: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en Av. Julio A. Roca 721, P.B.,
Capital Federal.
e. 25/07/2012 N° 78738/12 v. 25/07/2012
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#I4355060I#
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
RESOLUCION Nº 36.969 DEL 18 JUL. 2012
EXPEDIENTE N° 57.475 - Cesión de Cartera de QBE COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGU-
ROS S.A. (entidad Cedente) a favor de HSBC LA BUENOS AIRES SEGUROS S.A. (entidad
Cesionaria).
SINTESIS:
VISTO... Y CONSIDERANDO...
EL SUPERINTENDENTE
DE SEGUROS DE LA NACION
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Aprobar la operatoria de Cesión de Cartera celebrada entre QBE COMPAÑIA
ARGENTINA DE SEGUROS S.A. (Cedente) y HSBC - LA BUENOS AIRES SEGUROS S.A. (Cesiona-
ria), conforme contrato suscripto con fecha 5 de junio de 2012 y Addenda de fecha 28 de junio de
2012.
ARTICULO 2° — Proceder a la baja del ramo Responsabilidad Civil y su adicional Seguro de
Responsabilidad Civil por Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales en exceso a los
riesgos amparados por la Ley N° 24.557 de QBE COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. opor-
tunamente aprobado en Expediente N° 55.128/2011 del registro de esta SUPERINTENDENCIA DE
SEGUROS DE LA NACION.
ARTICULO 3° — Autorizar a operar en Reaseguros en todo el territorio de la República Argentina
a la entidad QBE COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. conforme lo previsto en el artículo 1°,
inciso a), de la Resolución SSN N° 35.615.
ARTICULO 4° — Oportunamente hágase saber a las Gerencias de Autorizaciones y Registros
y Técnica y Normativa.
ARTICULO 5° — Regístrese, notifíquese y publíquese en el Boletín Ocial. — DIEGO S.
MARENZI, Gerente Técnico y Normativo, a/c Superintendencia de Seguros de la Nación, Resolución
N° 36.536.
NOTA: La versión completa de la presente resolución puede ser consultada en la Mesa Gene-
ral de Entradas de la Superintendencia de Seguros sita en Julio A. Roca 721, planta baja, Capital
Federal.
e. 25/07/2012 N° 78740/12 v. 25/07/2012
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#I4354830I#
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
Resolución Nº 174/2012
Bs. As., 12/6/2012
VISTO el Expediente N° S01:0455429/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que la empresa RAGT 2N S.A.S., representada en la REPUBLICA ARGENTINA por el señor
Don Tomás Rafael María CULLEN, ha solicitado la inscripción de la creación togenética de fes-
tuca alta APRILIA, en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad
de Cultivares, creados por los artículos 16 y 19 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas
N° 20.247.
Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, orga-
nismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha
informado que se han cumplido los requisitos exigidos por los artículos 17, 20 y 21 de la Ley de
Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, el artículo 6° del Convenio Internacional para la
Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por la Ley N° 24.376 y los artículos 16, 18, 19,
20, 21, 26, 27, 29 y 31 del Decreto N° 2183 de fecha 21 de octubre de 1991, reglamentario de la
Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, para la inscripción en dichos registros y el
otorgamiento del respectivo título de propiedad.
Que la COMISION NACIONAL DE SEMILLAS creadas por la Ley de Semillas y Creaciones Fito-
genéticas N° 20.247, en su reunión de fecha 14 de febrero de 2012, según Acta N° 389, ha tomado
la intervención de su competencia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha dictamina-
do al respecto.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el
artículo 9° del Decreto N° 2817 de fecha 30 de diciembre de 1991, raticado por la Ley N° 25.845.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro
Nacional de la Propiedad de Cultivares, del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo des-
centralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, creados por
la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, de la creación togenética de festuca alta
APRILIA, solicitada por la empresa RAGT 2N S.A.S. representada en la REPUBLICA ARGENTINA
por el señor Don Tomás Rafael María CULLEN.
ARTICULO 2° — Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de
propiedad, una vez cumplido el artículo 3°.
ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín
Ocial y archívese. — Ing. Agr. CARLOS A. RIPOLL, Presidente, Instituto Nacional de Semillas.
e. 25/07/2012 N° 78510/12 v. 25/07/2012
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#I4354959I#
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
En cumplimiento del art. 32° del Decreto N° 2183/91, se comunica a terceros interesados, la
solicitud de inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE LA PROPIEDAD DE CULTIVARES de la crea-
ción togenética de PORTAINJERTO DE PRUNUS de nombre REPLANTPAC, obtenida por AGRO-
MILLORA IBERIA S.A.
SOLICITANTE: AGROMILLORA IBERIA S.L.
REPRESENTANTE LEGALMENTE AUTORIZADO: AGROMILLORA ANDINA S.A.
INGENIERO PATROCINANTE: Fabián Maschio
FUNDAMENTACION DE NOVEDAD:
REPLANTPAC se caracteriza por presentar, entre otras, las siguientes expresiones:
Planta: vigor: entre Intermedio y fuerte; ramicaciones, intermedio; hábito de crecimiento, entre
vertical y abiertas. Rama de un año: número de ores, pocas; forma de las yemas vegetativas; có-
nica. Limbo: forma, elíptica angosta; forma del extremo sin la punta, en cúspide; largo de la punta,
intermedia, ángulo de la base, aguda; incisiones del margen, aserrado, presencia de nectáreos,
ausente. Pecíolo: largo, intermedio.
(Observaciones efectuadas por el solicitante en la localidad de Monsitrol d’Anoia (Sant Sadurní
d’Anoia, provincia de Barcelona, España)).
FECHA DE VERIFICACION DE LA ESTABILIDAD: 1/8/2007
Se recibirán las impugnaciones que se presenten dentro de los TREINTA (30) días de aparecido
este aviso.
Ing. Agr. RAIMUNDO LAVIGNOLLE, a/c Dirección de Registro de Variedades, Instituto Nacional
de Semillas, Res. INASE Nº 2/2012.
e. 25/07/2012 N° 78639/12 v. 25/07/2012
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#I4354963I#
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
En cumplimiento del art. 32° del Decreto N° 2183/91, se comunica a terceros interesados, la
solicitud de inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE LA PROPIEDAD DE CULTIVARES de la
creación togenética de PORTAINJERTO DE PRUNUS de nombre GREENPAC, obtenida por AGRO-
MILLORA IBERIA S.L.
SOLICITANTE: AGROMILLORA IBERIA S.L.
REPRESENTANTE LEGALMENTE AUTORIZADO: AGROMILLORA ANDINA S.A.
INGENIERA PATROCINANTE: FABIAN MASCHIO
FUNDAMENTACION DE NOVEDAD:
GREENPAC se caracteriza por presentar, entre otras, las siguientes expresiones:
Planta: vigor: fuerte; ramicaciones, entre intermedio y fuerte; hábito de crecimiento, entre vertical
y abiertas. Rama de un año: número de ores, pocas; forma de las yemas vegetativas; cónica. Limbo:
forma, elíptica angosta; forma del extremo sin la punta, en cúspide; largo de la punta, intermedia, ángulo
de la base, redondeada; incisiones del margen, crenado, presencia de nectáreos, presente; número más
frecuente de nectáreos, dos. Nectáreos: color, verde; forma, redondos. Pecíolo: largo, intermedio.
(Observaciones efectuadas por el solicitante en la localidad de Monsitrol d’Anoia (Sant Sadurní
d’Anoia, provincia de Barcelona, España)).
FECHA DE VERIFICACION DE LA ESTABILIDAD: 1/5/2005
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