Resolución N° 99-AGIP/18

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición27 de Abril de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 99/AGIP/18
Buenos Aires, 23 de abril de 2018
VISTO:
LAS LEYES N° 471, N° 2.603 y N° 1.218 (T. C. LEY Nº 5.666), EL DECRETO Nº
745/08, LA RESOLUCIÓN Nº 500/AGIP/2008 Y MODIFICATORIAS, Nº 35/PG/2014 Y
Nº 254/AGIP/2014, EL E.E. Nº 2017-15848323-MGEYA-DGR Y EL EER Nº 2018-
5463674/MGEYA-AGIP Y,
CONSIDERANDO:
Que la presente trata sobre el hurto sufrido por el agente Fernando Aramayo Herrera
de un portafolio que contenia, entre otra documentación, varias actas de constatación
y una computadora personal notebook marca Toshiba modelo Satellite L845
identificada por el Nº de serie 7D014747F, pertenecientes a esta Administración
Gubernamental de Ingresos Públicos;
Que el hecho sucedió el día 7 de Julio del año 2017 a las 19 hs. cuando el agente se
encontraba en la Casa de la Provincia de Buenos Aires, sita en la Av. Santa Fe 967
C.A.B.A., donde se realizaba una exposición cultural;
Que el día 8 de julio del año 2017 radicó la denuncia penal pertinente ante la
Comisaría N° 15 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a raíz de la cual se labraron
las actuaciones que llevan el N ° 1290/2017 caratulada “Hurto“;
Que conforme lo determinado por la Resolución Nº 35/PG/2014 y Nº 254/AGIP/2014
se generó el correspondiente expediente con trata reservada E.E.R. Nº 2018-
543674/MGEYA-AGIP;
Que el suscripto comparte lo aconsejado por la Dirección General de Sumarios de la
Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el Dictamen PV-
2011-00977252-DGSUM, en razón que el Administrador Gubernamental de Ingresos
Públicos Posee facultades necesarias para requerirle en forma directa a la Procuración
General la instrucción de un sumario administrativo;
Que ante la necesidad de esclarecer la real ocurrencia de los hechos, se le ha dado
debida intervención a la Dirección General Legal y Técnica de esta Administración
Gubernamental de Ingresos Públicos a los efectos que determine si corresponde
atribuir responsabilidades de índole disciplinaria de acuerdo a las previsiones
establecidas por la Ley N° 471 (t.c. Ley N° 5.666) y normativa concordante;
Que, en virtud de lo expuesto, a fin de investigar los hechos denunciados y deslindar
las responsabilidades administrativas corresponde requerir a la Dirección General de
Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires la instrucción de
pertinente Sumario Administrativo;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas,
EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5363 - 27/04/2018

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