Resolución N° 99/AGC/20

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición13 de Febrero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.º 99/AGC/20
Buenos Aires, 5 de febrero de 2020
VISTO: Las Leyes Nros. 471 y sus modificatorios, 2.624 (textos consolidados por la
Ley N° 6.017), el Decreto N° 1550-GCABA/08 y su modificatorio, y el Expediente
Electrónico Nº 2020-04400524-GCABA-AGC, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Ley N° 2.624 se creó la Agencia Gubernamental de Control, entidad
autárquica en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y se determinó su organización y competencia;
Que el Decreto N° 1550-GCABA/08 y su modificatorio delegó en los Ministros del
Poder Ejecutivo la facultad de autorizar de forma excepcional la ausencia sin goce de
haberes a los agentes comprendidos en la Ley N° 471 y modificatorio, y estableció que
el período por el cual se autoriza la ausencia no podrá exceder de 1 (un) año,
renovable por un período similar;
Que en el marco de las presentes actuaciones, a través de IF-2020-04413497-
GCABA-AGC, la Sra. Carolina Muñoz, CUIT 27-29316320-6, solicitó Excedencia por
licencia por Maternidad sin goce de haberes por el período de 32 (treinta y dos) días, a
partir del día 4 de febrero al 6 de marzo de 2020;
Que a través de PV-2020-04439294-GCABA-DGALH y PV-2020-05672698-GCABA-
DGFYC, la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio
de Hacienda y Finanzas y la Dirección General de Fiscalización y Control de esta
Agencia, han tomado conocimiento de la solicitud efectuada sin hacer objeciones;
Que mediante PV-2020-05705325-GCABA-AGC, la Subgerencia Operativa Gestión de
Recursos Humanos, dependiente de la Gerencia Operativa de Recursos Humanos de
la Unidad de Coordinación Administrativa de esta Agencia, solicitó se le otorgue la
extensión de licencia por maternidad sin goce haberes a la mencionada agente,
indicando que "...el agente presta servicios en la Subgerencia Operativa
Establecimientos de Salud, Hoteles y Pensiones de la Gerencia Operativa Inspección
Polivalente de la Dirección General de Fiscalización y Control, partida de planta
permanente N° 26620540";
Que el artículo 6° de la Ley N° 2.624, faculta al suscripto a organizar y reglamentar el
funcionamiento interno de la Agencia respecto a su estructura orgánico funcional para
los niveles inferiores a los aprobados por dicha Ley, los organizativos, operativos y de
administración;
Que en tal contexto, corresponde dictar el acto administrativo que otorgue la extensión
de licencia de maternidad sin goce de haberes requerida;
Que la Subgerencia Operativa Asesoramiento Legal de la Gerencia Operativa
Coordinación Legal dependiente la Dirección General Legal y Técnica de esta Agencia
Gubernamental de Control ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas por los artículos 6 inciso e) y 11 inciso
e) de la Ley Nº 2.624 (texto consolidado Ley N° 6.017),
EL DIRECTOR EJECUTIVO
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5801 - 13/02/2020

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