Resolución Nº 987/GCABA/MAYEPGC/15

FirmantesCenzón
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición15 de Julio de 2015

VISTO:

La Ley Nacional de Obras Publicas N° 13064, la Ley N° 2809, los Decretos Nros.

752//08, 948/08, 61/11, 127/14, las Resoluciones Nros. 4271-MHGC/08, 655-

MAYEPGC/12, 979-MAYEPGC/12, el Expediente N° 1282431/13 e incorporados, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el visto tramita la solicitud de la empresa COARCO

S.A., de la Primera (1°) Redeterminación Definitiva de Precios de la obra

"Rehabilitación Inicial y Total de Arterias Urbanas y Mantenimiento Periódico,

incluyendo baches y reclamos y Cierres de Empresas de Servicios Públicos, de las

calles y/o arterias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - PREVIAL III", en relación

a la Zona N° 14;

Que cabe destacar que por Decreto N° 61/11, se aprobaron los Pliegos de Bases y

Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas para la Licitación Pública de

la obra en cuestión, delegándose en el señor Ministro de Ambiente y Espacio Público

la facultad de dictar todos los actos necesarios para la ejecución del contrato;

Que mediante la Resolución N° 655-MAYEPGC/12, de fecha 22 de junio de 2012, fue

aprobada la Licitación Publica N° 247-SIGAF/2011 al amparo de la Ley Nacional de

Obras Públicas N° 13064 y adjudicada la Zona N° 14 a la firma COARCO S.A., por el

plazo de treinta y seis (36) meses;

Que conforme surge de la documentación contractual, se dio inicio a la obra en

cuestión con fecha 25 de septiembre de 2012, en los términos previstos por el artículo

2.33.1 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares licitatorio;

Que, por otra parte, mediante Resolución N° 979-MAYEPGC/12, de fecha 31 de

agosto de 2012, fue aprobada la actualización provisoria de precios en cumplimiento

de lo dispuesto por el artículo 2.28 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares

licitatorio, estableciendo que al 1° de junio de 2012 varió en un 27,63 %;

Que la readecuación de precios solicitada encuentra amparo conforme lo dispuesto en

la Ley N° 2809 y la Resolución N° 4271-MHGC/08;

Que, el Ente de Mantenimiento Urbano Integral ha tomado la intervención que le

corresponde en razón de sus competencias, habiendo el área técnica de la aludida

repartición puesto de manifiesto -mediante informe S/N°- que en la presente obra no

hubo acopio de...

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