Resolución N° 984/SSASS/21

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición29 de Septiembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.º 984/SSASS/21
Buenos Aires, 24 de septiembre de 2021
VISTO: La Ley 70 (Texto consolidado según Ley Nº 6017), el Decreto Nº 491/2018, la
Resolución N° 97- MEFGC/2019, Resolución Nº 164-GCABA-MHFGC/2021, la
Resolución Nº 44-GCABA- MSGC/2021, la Disposición N° 61-DGCG/2019, la
Disposición Nº 26- DGCG/2019 y sus modificatorias y el E.E N° 3003388-GCABA-
SSASS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley 70 se fijaron los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y
Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, por el Decreto Nº 491/2018 se aprobó el régimen para la asignación de fondos
destinados las Unidades de Organización del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, por Resolución N° 97-MEFGC/2019 se aprobó la reglamentación del citado
Decreto;
Que por Disposición N° 26-DGCG/2019 y sus modificatorias se aprobó el
procedimiento para la solicitud, asignación y rendición de fondos en concepto de Caja
Chica Especial;
Que la Disposición Nº 61-DGCG/2019 aprueba las partidas del clasificador por objeto
del gasto correspondientes a las restricciones y excepciones, en concordancia con lo
establecido en los artículos 2º del Anexo I, 3º del Anexo II y 3º del Anexo IV de la
Resolución Nº 97-MEFGC/2019;
Que por Resolución Nº 44-GCABA-MSGC/2021 de conformidad con la Resolución Nº
164-GCABA-MHFGC/2021 se asignó a esta Subsecretaría Administración del Sistema
de Salud la suma de Pesos Cinco Millones Quinientos Mil ($ 5.500.000,00-) en
concepto de Caja Chica Especial, a fin de garantizar la inmediata respuesta a las
eventualidades que surgen frente a los acontecimientos de público conocimiento, en el
marco de la pandemia COVID-19 y, afrontar los gastos derivados de las Campañas de
Vacunación y de Turismo, entre otros, contando así con el instrumento que permita dar
cumplimiento a la misión primaria de esta Jurisdicción, con la urgencia y celeridad que
la situación epidemiológica amerita;
Que, por el expediente del Visto, cursa la solicitud y la rendición de los gastos
efectuados bajo la normativa mencionada;
Que, el saldo no invertido asciende a la suma de Pesos Ciento Tres Mil Ochocientos
Cuatro con Veintitrés Centavos ($ 103.804,23);
Que, de acuerdo al Artículo 9º del Anexo II- registrado bajo IF-2019-02049055-MEFGC
de la RESOL-2019-97-MEFGC, esta Subsecretaría es responsable de la oportunidad,
mérito y conveniencia de los gastos realizados con los fondos recibidos bajo el
presente régimen de Caja Chica Especial, como así también de la validez y veracidad
de los datos correspondientes a los comprobantes de gastos ingresados en el Sistema
de Gestión-SIGAFWEB;
Que, asimismo en atención a lo establecido en el Artículo 11º de la normativa
mencionada precedentemente los Responsables del fondo que nos ocupa verificaron
y, en su caso realizaron -con carácter previo a efectuar pago - las retenciones
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6225 - 29/09/2021

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