Resolución Nº 984/GCABA/SSGRH/17
Firmantes | Domeniconi |
Emisor | SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS |
VISTO:
Las Leyes Nros. 471 y 5460 (texto consolidado por Ley N° 5666), el Expediente
Electrónico N° 8808605/2017 (ESC200764) y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 5460 (texto consolidado por Ley N° 5666), se sancionó la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5666) reglamenta la relación laboral
de los empleados de la Administración Pública pertenecientes al Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires regulando, entre otros aspectos, el régimen de
licencias;
Que el artículo 16 inciso k) de la citada norma establece que los trabajadores del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen derecho a una licencia por
designación en cargos de mayor jerarquía sin goce de haberes;
Que asimismo, el artículo 47 de la referida Ley dispone que "...Se considera que existe
ejercicio de un cargo superior cuando un trabajador asume en forma transitoria
funciones inherentes a una posición de nivel superior al propio, con retención de su
situación de revista.";
Que según surge de los presentes actuados, la señora Claudia Andrea Dell Oro, CUIL.
27-21963862-6, de la Escuela de Danzas N° 1 D.E 20, del Ministerio de Educación,
solicitó a partir del 3 de abril de 2017, licencia extraordinaria sin goce de haberes por
cargo de mayor jerarquía, mientras dure el mismo;
Que es de hacer notar que lo peticionado obedece a que la referida agente ha sido
designada como Preceptora Suplente, turno mañana, en el precitado establecimiento
educativo, circunstancia que se encuentra documentada en el actuado citado en el
Visto;
Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo pertinente.
Por ello y en uso de las facultades que le son propias,
LA SUBSECRETARIA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS
RESUELVE
de haberes por cargo de mayor jerarquía y mientras dure su mandato, a la agente
Claudia Andrea Dell Oro, CUIL. 27-21963862-6, perteneciente a la Escuela de Danzas
N° 1 D.E 20, del Ministerio de Educación, de conformidad con lo establecido en los
artículos 16 inc. k) y 47 de la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5666),
reteniendo sin percepción de haberes la partida 5532.5021.A.A.05.0000.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba