Resolución Nº 961/GCABA/SSREGIC/17

FirmantesCruz
EmisorSUBSECRETARÍA REGISTROS INTERPRETACIÓN Y CATASTRO

VISTO:

El Expediente N° 10195002/DGROC/2016 de Ajustes de obra para la finca sita en la

calle José Cuba N° 3278, y

CONSIDERANDO:

Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso

destinadas a "Vivienda Unifamiliar".

Que se trata de una ampliación conformada por un total de 155.09 m2 de los cuales

86.84 m2 fueron ejecutados en forma reglamentaria (P.B: Sector Garage, Sector Paso,

Sector Estar y Sector Galería; P.A: Quincho y Depósito), en tanto que 68.25 m2 en

forma no reglamentaria (P.B: Sector Garage; P. Altillo: Depósito y Escalera); según

surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran

oportunamente aprobadas s/N° de Orden 4 Pág. 1/4 (PLANO-2016-10196077-

DGROC) y los planospresentados para regularizar la situación s/ N° de Orden 14

(PLANO-2016-19390559-DGROC), con destino "Vivienda Unifamiliar".

Que obra s/N° de Orden 3 Pág. 93 a 94/125 (RE-2016-10195209-DGROC) la Memoria

e Informe Técnico con carácter de declaración Jurada del profesional habilitado que

interviene en el trámite de regularización.

Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a los presupuestos establecidos en

el Título V del Código Civil; según consta N° de Orden 3 Pág. 37 a 38/125 (RE-2016-

10195209-DGROC).

Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1.

"Trabajos que requieren permiso de obra" y 4.6.2.2 "Altura mínima de locales y

distancias mínimas entre solados" ambos del Código de la Edificación y el Artículo

5.4.1.4 "Distrito R2b: b) R2bII, Disposiciones Particulares: inc. d) FOT máx. 1.2" del

Código de Planeamiento Urbano.

Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en

contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley N° 962 (B.O.C.B.A.

N° 1607), Resolución N° 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General

N° 24.887.

Que según informe de la D.G.R.O.C. de N° de Orden 16 Pág. 2/3 (IF-2017-08666105-

DGROC), las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el

resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de

habitabilidad, iluminación y ventilación que deben satisfacer los locales, y según la

declaración jurada del profesional interviniente s/N° de Orden 3 Pág. 93 a 94/125 (RE-

2016-10195209-DGROC), las...

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