Resolución N° 960/CDNNYA/22

EmisorConsejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Fecha de la disposición28 de Julio de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 960/CDNNYA/22
Buenos Aires, 25 de julio de 2022
VISTO: El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, La
Convención de los Derechos del Niño, La Ley Nacional N° 26.061, la Ley Nº 114 (texto
consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto Nº 112/17, el Expediente Electrónico Nº
23251760-GCABA-DGGPP/22, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley 114 (texto consolidado Ley Nº 6.347) se creó el
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo
especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en
materia de promoción y protección de los derechos de la infancia y adolescencia y
goza de autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera;
Que, por el artículo 54 inc. n) de la Ley 114 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se
establece que son funciones de este Consejo “celebrar convenios con universidades e
instituciones públicas y privadas”;
Que por el artículo 1º del Decreto Nº 112/17 el Jefe de Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires delegó la facultad de suscribir convenios con entes
públicos no estatales internacionales, interjurisdiccionales, nacionales, provinciales,
municipales y con entes privados nacionales, internacionales e interjurisdiccionales,
cuyos objetos tengan por fin el cumplimiento de cometidos estatales específicos a las
áreas de competencia de los delegatarios;
Que, a través del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales,
instrumento con jerarquía constitucional en virtud de lo normado por el artículo 75,
inciso 22, de la Constitución Nacional, los Estados Partes reconocen el derecho de
toda persona a la educación y convienen en que la misma debe orientarse hacia el
pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de su dignidad, y debe
fortalecer el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales;
Que, la Convención sobre los Derechos del Niño establece el compromiso de los
Estados partes para asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios
para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres;
Que, tanto la Ley nacional N° 26.061 como la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley
N° 6.347) reconocen el derecho de todos los niños, niñas y adolescentes a la
educación, con miras a su desarrollo integral, su preparación para el ejercicio de la
ciudadanía, su formación para la convivencia democrática y el trabajo, debiendo los
Organismos del Estado asegurarles el pleno desarrollo de su personalidad hasta el
máximo de sus potencialidades, así como el goce de una vida plena y digna;
Que, desde esta perspectiva de derechos, la educación -entendida no sólo como el
espacio escuela, sino también como el acceso a los bienes culturales, a la posibilidad
de aproximarse a lenguajes artísticos y expresivos, y a la formación en oficios-, genera
condiciones para la restitución de derechos y la inclusión social;
Que este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes se propone asistir
técnica y profesionalmente a niñas, niños y adolescentes, coordinando las acciones de
las Organizaciones No Gubernamentales con el objetivo de adoptar medidas
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6428 - 28/07/2022

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