Resolución N° 96-MJGGC/19

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición15 de Marzo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.° 96/MJGGC/18
Buenos Aires, 13 de marzo de 2018
VISTO:
La Ley N° 471 y la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires - Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/97- (ambos textos
consolidados por Ley N° 5.666), los Decretos Nº 3.360/68 y Nº 184/10, las
Resoluciones Nros. 643/MSGC/10, 1322/MSGC/11, 731/MSGC/13, 804/MSGC/14 y
464/MJGGC/15, el Expediente Nº 1653051/11 e inc., y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita la presentación efectuada por el agente
Damián Alejandro Amato (Ficha N° 347.154), en los términos del artículo 123 de la Ley
de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contra la
Resolución Nº 464/MJGGC/15;
Que el Sumario Administrativo N° 94/10 fue instruido mediante Resolución N°
643/MSGC/10 del Ministerio de Salud, a fin de "... investigar los hechos y atribuir o
deslindar responsabilidades con motivo de un hecho ocurrido en el Hospital General
de Agudos "Parmenio Piñero", relacionado con el agente Alejandro Amato, Ficha
Censal N° 347.154, el que habría presentado un talón médico presuntamente
apócrifo...";
Que mediante la Resolución N° 1322/MSGC/11 y su rectificatoria N° 804/MSGC/14, se
resolvió sancionar con cesantía al agente Damián Alejandro Amato (F.C. N° 347.154)
en orden a los siguientes cargos: “Haber justificado la licencia médica solicitada en
fecha 03/05/2007 por enfermedad de familiar con Memorando N° 959033 adulterado“,
por haber infringido las imposiciones contempladas en el artículo 10, incisos a) c) y f)
de la Ley n° 471, quedando aprehendida su conducta por el artículo 48, inciso e) de
dicho cuerpo normativo...";
Que el Sr. Amato interpuso recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio,
contra el acto administrativo sancionatorio, el que fue desestimado mediante el dictado
de la Resolución Nº 731/MSGC/13 del Ministerio de Salud, notificándose al recurrente;
Que quedando pendiente de resolución el recurso jerárquico en subsidio al de
reconsideración, esta Jefatura de Gabinete de Ministros resolvió desestimarlo
mediante Resolución Nº 464/MJGGC/15, en ejercicio de la delegación concedida por
Decreto nro. 184/10;
Que notificado que fuese el recurrente de los extremos de la resolución aludida ut-
supra, efectuó una nueva presentación denominada "Interpone recurso de
reconsideración (art. 103)";
Que giradas las actuaciones a la Procuración General a efectos que tome la
intervención que le compete, mediante Dictamen N° IF-2017-24275523-DGSUM,
indicó respecto de la formalidad del recurso incoado que"...corresponde a esta sede
encausar el planteo. A tales fines, con base en los fundamentos expuestos en la
presentación y su articulación dentro de los diez días de notificado de la decisión
definitiva que agotó la vía administrativa (RESOL-2015-464-MJGGC) transitada por el
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5335 - 15/03/2018

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