Resolución Nº 957/GCABA/SSREGIC/17
Firmantes | Cruz |
Emisor | SUBSECRETARÍA REGISTROS INTERPRETACIÓN Y CATASTRO |
VISTO:
El Expediente N° 21.800.801/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Oficina comercial" para el inmueble sito en la Av. Paseo Colón N°
351/57, 7° piso, con una superficie a habilitar de 419,19 m2 (Según Declaración Jurada
obrante a Orden N° 18 y 19), y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 7e del Distrito APH 1 de Zonificación
General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N°
1.181-GCBA-2007;
Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación
Urbanística, a través del Informe N° 22247995-DGIUR-2017, considera que desde el
punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para
acceder a la localización del uso solicitado toda vez que los mismos se encuentran
expresamente consignados en el Cuadro de Usos 5.4.12.1 del Código de
Planeamiento Urbano y resultan Permitidos porque las oficinas se encuentran en PA
en el Distrito de Zonificación APH1, Zona 7e;
Que los usos consignados permitidos son: "Oficina comercial-Oficina consultora" con
referencia "PA", Permitido en (Planta alta) y para estacionamiento la referencia "31" (1
módulo cada 120m2 de la superficie total construida) y las normas de tejido;
Que el requisito de Guarda de Automotores deberá cumplimentar con el requerimiento
de estacionamiento de 3 módulos, según la normativa vigente. De no contar con
estacionamiento en el mismo edificio deberá encuadrarse en el Parágrafo "... 7.7.1.8
Servidumbre; El predio sirviente podrá estar ubicado en otra manzana a una distancia
no mayor que 200 m medidos sobre la vía pública en línea recta o quebrada, entre las
intersecciones de la Línea Municipal con los ejes divisorios de ambos predios...";
Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta
alguna, por lo que no corresponde su visado;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a la Dirección General de
Interpretación...
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