Resolución N° 957/ERSP/17

EmisorEnte Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición26 de Junio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.º 957/ERSP/17
Buenos Aires, 22 de noviembre de 2017
VISTO:
El Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley Nº 210, la
Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación de los Servicios de
Higiene Urbana Nº 997/2013, el Reglamento de Procedimientos de Controversias y
Sanciones del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires aprobado por Resolución del Directorio Nº 28/2001 y su modificatoria
Nº 51/2002, el Acta de Directorio Nº 675 del 26 de octubre de 2017, el Expediente Nº
2436/ EURSPCABA/2017, y
CONSIDERANDO:
Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad el Ente Único Regulador de
los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce el control,
seguimiento y resguardo de los servicios públicos cuya prestación o fiscalización se
realice por la administración central y descentralizada o por terceros para la defensa y
protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del
medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto;
Que, de acuerdo con el Art. 2º inc. c) de la Ley Nº 210, entre los servicios bajo su
control se encuentra la higiene urbana, incluida la disposición final;
Que, por tratarse de un servicio público local, compete al Ente Único el ejercicio de las
funciones enumeradas en el Art. 3º de la Ley Nº 210, sin ningún tipo de limitación,
independientemente de la calidad de las normas que integran el marco regulatorio;
Que, el Expediente Nº 2436/EURSPCABA/2017 se inicia a raíz de las denuncias
efectuadas por las Comunas Nº 2, 13 y 14 en los meses de abril y mayo de 2017 por
Omisión de Reparación de Cesto Papeleros, Servicio Deficiente de Barrido y Ausencia
del Servicio de Barrido, en la denominada zona 2 a cargo de la empresa Cliba
Ingeniería Urbana SA;
Que, no genera dudas la calificación como servicio público y la inclusión entre las
prestaciones sujetas al control del ERSP conforme Omisión de Reparación de Cestos
Papeleros, conforme Título Tercero, Anexo IV Prestaciones complementarias, Punto 9
y Ausencia del Servicio de Barrido y Servicio Deficiente de Barrido, conforme Título
Tercero, Anexo III Servicio de Barrido y Limpieza de Calles, Punto 8 del Pliego de
Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la
Contratación de los Servicios de Higiene Urbana Nº 997/2013;
Que, a fs. 9 y 12 obran planilla de denuncia y la notificación vía correo electrónico.
Cumplido el plazo, a fs. 13 se labró el Acta de Fiscalización Nº 198528/ERSP/2017,
del día 26/04/2017, la cual expresa que en la calle Junín 1201, con etiqueta Nº 112419
se detectó Omisión de Reparación de Cestos Papeleros;
Que, a fs. 21 obra el Acta de Fiscalización Nº 199648/ERSP/2017, del día 02/05/2017,
la cual expresa que en la calle Ibera 2901 al 2999 se detectó Servicio Deficiente de
Barrido;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5401 - 26/06/2018

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