Resolución N° 95 - Letra:A

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición31 de Marzo de 2015
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVI - Nº 116 CÓRDOBA, 23 de Junio de 20152
Coordinador del SERFIS, Dr. Hugo Villarrodona, de incorporar
al Dr. Daniel Mercado a la Unidad como miembro integrante del
Área.
Que la gestión cuenta con el V°B° de la Sra. Secretaria de
Prevención y Promoción de la Salud.
Que merituadas las constancias de autos, corresponde el dictado
del Instrumento Legal designando como miembro titular del Área
de Fiscalización del Sistema de Evaluación, Registro y
Fiscalización de las Investigaciones en Salud (SERFIS), al Dr.
Daniel Alberto Mercado, M.I. Nro. 14.378.014.
Por ello, en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE SALUD
R E S U E L V E:
1°- DESIGNASE a partir de la fecha del presente Instrumento
Legal, como miembro integrante del Área de Fiscalización del
Sistema de Evaluación, Registro y Fiscalización de las
Investigaciones en Salud (SERFIS), al Dr. Daniel Alberto
MERCADO, M.I. Nro. 14.378.014, actual Secretario Técnico del
Hospital San Roque, dependiente de esta Cartera de Salud; y
en consecuencia, INCORPÓRASE al mismo, en el Anexo I de la
Resolución Ministerial N° 920 de fecha 02 de Noviembre de
2002.
2°- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Oficial, notifíquese y archívese.
DR. FRANCISCO JOSE FORTUNA
MINISTRO DE SALUD
VIENE DE TAPA
RESOLUCION Nº 311
DIRECCIÓN DE
INSPECCN DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 80 - Letra:A
Córdoba, 31 de Marzo de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-117303/2014 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “FUNDACION SEXOLOGICA AR-
GENTINA”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de
Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y
fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –
segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer párrafo- y concordantes
del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades conferidas
por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “FUNDACION SEXOLOGICA ARGENTINA”, con
asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar
como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones
para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 81 - Letra:A
Córdoba, 31 de Marzo de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-116408/2014 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “FUNDACION IDEAR CORDOBA”,
con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba,
solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –
segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer párrafo- y concordantes
del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “FUNDACION IDEAR CORDOBA”, con asiento
en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar
como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 82 - Letra:A
Córdoba, 31 de Marzo de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-113007/2014 mediante el cual la
Entidad Civil denominada “FUNDACION JOHNNY”, con asiento
en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita autorización
para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y
fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –
segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer párrafo- y concordantes
del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades conferidas
por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “FUNDACION JOHNNY”, con asiento en la Ciudad
de Córdoba, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar
como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones
para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 84 - Letra:A
Córdoba, 31 de Marzo de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-117162/2014 mediante el cual la
Entidad Civil denominada “FUNDACION MUJERES QUE
AVANZAN”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de
Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y
fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –
segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer párrafo- y concordantes
del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades conferidas
por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “FUNDACION MUJERES QUE AVANZAN”, con
asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar
como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones
para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 95 - Letra:A
Córdoba, 31 de Marzo de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-114997/2014 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “CENTRO DE JUBILADOS,
PENSIONADOS Y BIBLIOTECA NUEVA CORDOBA”, con asiento
en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita
aprobación de la Reforma del Estatuto, dispuesta en Asamblea
General Ordinaria con fecha 29 de Octubre de 2014.-
Y CONSIDERANDO:
Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman
cumplidos los requisitos formales, fiscales, estatutarios y legales
con relación a la Asamblea General Ordinaria, celebrada con
fecha 29 de Octubre de 2014 por la Entidad Civil denominada
“CENTRO DE JUBILADOS, PENSIONADOS Y BIBLIOTECA
NUEVA CORDOBA”, CUIT N° 30-70335390-4, con asiento en
la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, en la cual se
resolvió la Reforma parcial del Estatuto, modificando el artículo
N° 14, en procura de mejorar el funcionamiento de la Entidad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-33
segunda parte, inc. 1º ) –35, 45 -primer párrafo- y concordantes
del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los
arts. 2, 10 y correlativos de la Ley Nº 8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- APROBAR la Reforma del Estatuto Social,
sancionada en Asamblea General Ordinaria, celebrada con fecha
29 de Octubre de 2014, modificando el artículo N° 14 de la
Entidad Civil denominada “CENTRO DE JUBILADOS,
PENSIONADOS Y BIBLIOTECA NUEVA CORDOBA”, CUIT
N°30-70335390-4, con asiento en la Ciudad de Córdoba,
Provincia de Córdoba.
Artículo 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica
otorgada por Resolución N° 143 ”A”/96 del 07 de Junio de
1996.-
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese

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