Resolución Nº 92/GCABA/ERSP/17
Firmantes | Michielotto - Barrera - Goldsack - LaurÃa |
Emisor | F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS |
VISTO:
el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 210, la Licitación
Pública Nacional e Internacional para la Contratación de los Servicios de Higiene
Urbana N° 997/2013, el Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones
del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires aprobado por Resolución del Directorio N° 28/2001 y su modificatoria N°
51/2002, el Acta de Directorio N° 654 del 9 de marzo de 2017, el Expediente N°
1551/EURSPCABA/2015, y
CONSIDERANDO:
Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad el Ente Único Regulador de
los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce el control,
seguimiento y resguardo de los servicios públicos cuya prestación o fiscalización se
realice por la administración central y descentralizada o por terceros para la defensa y
protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del
medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto;
Que, de acuerdo con el Art. 2° inc. c) de la Ley N° 210, entre los servicios bajo su
control se encuentra la higiene urbana, incluida la disposición final;
Que, por tratarse de un servicio público local, compete al Ente Único el ejercicio de las
funciones enumeradas en el Art. 3° de la Ley N° 210, sin ningún tipo de limitación,
independientemente de la calidad de las normas que integran el marco regulatorio;
Que, el Expediente N° 1551/EURSPCABA/2015 se inicia a raíz de un plan de control
en el mes de febrero de 2015 por Ausencia del Servicio de Barrido, en la denominada
zona 3 a cargo de la empresa Solbayres IMPSA Ambiental SA;
Que, a fs. 3 se labró el Acta de Fiscalización N° 115928/ERSP/2015, del día
05/02/2015, la cual expresa que en la calle Avalos 101 al 295 se detectó Ausencia del
Servicio de Barrido;
Que, a fs. 7 se labró el Acta de Fiscalización N° 116764/ERSP/2015, del día
06/02/2015, la cual expresa que en la calle Dr. Nicolás Repetto 1501 se detectó
Ausencia del Servicio de Barrido;
Que, a fs. 12 se labró el Acta de Fiscalización N° 116053/ERSP/2015, del día
06/02/2015, la cual expresa que en la calle Olaya 1401 al 1500 se detectó Ausencia
del...
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