Resolución Nº 92/GCABA/MJGGC/17
Firmantes | Miguel |
Emisor | Ministerio Jefatura de Gabinete de Ministros |
VISTO:
La Resolución Conjunta N° 134/MHGC/2017, el Expediente Electrónico N°
3384332/MGEYA-DGCSP/17, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Conjunta N° 134/MHGC/2017 se aprobó la Planta Transitoria para
el Programa Jóvenes Profesionales, bajo la órbita de ésta Jefatura de Gabinete de
Ministros para el personal perteneciente a la segunda convocatoria (2013), tercera
convocatoria (2014) y cuarta convocatoria (2015);
Que conforme surge del Anexo I de la precitada Resolución Conjunta, se estipularon
13 (trece) cargos correspondientes al personal perteneciente a la tercera convocatoria
(2014), por el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2017;
Que, en consecuencia, la Dirección General Cultura del Servicio Público de la
Secretaría de Cultura Ciudadana y Función Pública de ésta Jefatura de Gabinete de
Ministros propicia la designación de 13 (trece) personas a fin de ser incorporadas a
aludida planta transitoria;
Que el artículo 2° de la Resolución Conjunta N° 134/MHGC/17 establece que el
personal será designado con carácter transitorio, carecerá de estabilidad, cesará
automáticamente a la fecha de finalización establecida, pudiendo disponerse su cese
anticipado sin expresión de causa;
Que, según surge del artículo 3° de la resolución antes menciona, la retribución
mensual consignada para la aludida planta transitoria, corresponde a una asignación
única, destacándose que se aplicará todo aumento que se otorgue durante el Ejercicio
del año 2017 a los agentes de Planta Permanente del Escalafón General del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por lo expuesto, para una mejor continuidad y desarrollo del Programa,
corresponde designar a diversas personas como personal de la Planta Transitoria para
el Programa Jóvenes Profesionales dependiente de la Dirección General Cultura del
Servicio Público de la Secretaría de Cultura Ciudadana y Función Pública de ésta
Jefatura de Gabinete de Ministros.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 4° de la Resolución
Conjunta N° 134/MHGC/2017,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE
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