Resolución Nº 911 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor13 de Agosto de 2018
EmisorDirección Provincial de Vialidad
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLIV - Nº 151
CORDOBA, (R.A.) LUNES 13 DE AGOSTO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
Resolución N° 911
Córdoba, 10 de agosto de 2018
VISTO: Las presentes actuaciones mediante las cuales se eleva para su
aprobación el Acta de Asamblea General Ordinaria N° 225, de fecha 12
de Junio de 2018, correspondiente al Consorcio Caminero N° 60 “Pasco,
referida a la renovación parcial de los miembros de Comisión Directiva y
Comisión Revisora de Cuentas, todo ello en cumplimiento de lo dispuesto
por la Ley N° 6233.
Y CONSIDERANDO:
Que del Acta acompañada en autos e informe del Departamento I Con-
servación Caminos de Tierra, surge que el referido Consorcio Caminero ha
procedido a la renovación parcial de sus autoridades.
Que la Municipalidad de Pasco mediante Decreto N° 029/2018 designa
como representante necesario al Sr. Jorge Gustavo MANAVELLA, D.N.I.
16.091.703, para ocupar el cargo de 4° Vocal en el Consorcio de que se
trata.
Que el Departamento II Asesoría Jurídica en Dictamen N° 848/2018
que luce en autos, señala que dichos mandatos comenzarán a regir a partir
de la fecha de vencimiento de los mandatos de las Autoridades aprobadas
mediante Resolución N° 735/14, esto es, a partir del día 30/10/2018.
Que por último, concluye la precitada Unidad Asesora que no tiene
objeción jurídico formal que formular, por lo que de así estimarlo esa Su-
perioridad puede prestar aprobación a lo actuado, en virtud de las facul-
tades conferidas por la Ley N° 8555 Art. 3 inc. e), en concordancia con lo
dispuesto por las Leyes N° 6233 y 8030.
POR ELLO, atento a los informes producidos, lo dictaminado por el
Departamento II Asesoría Jurídica, las facultades conferidas por la Ley N°
8555 y las previsiones de la Ley N° 6233;
EL DIRECTORIO DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
R E S U E L V E:
Art. 1°.- Aprobar el Acta N° 225 correspondiente a la Asamblea Ge-
neral Ordinaria del Consorcio Caminero N° 60, Pasco, de fecha 12 de Junio
de 2018, referida a la renovación parcial de los miembros de Comisión
Directiva y Comisión Revisora de Cuentas, a partir del día 30/10/2018 y por
el término de cuatro (4) años, de acuerdo al siguiente detalle:
Presidente: STEFANI, Celso.............. ................. D.N.I. 17.563.299
Secretario: GALFRE, Diego ................................ D.N.I. 29.995.640
3° Vocal: SMITH, Adan .......................................D.N.I. 20.241.457
4° Vocal: (Persona de Representación Necesaria de la Municipalidad de
Pasco s/ Decreto N° 029/2018):
MANAVELLA, Jorge ...........................................D.N.I. 16.091.703
1° Rev. de Cuentas: PIERIGE, Gabriel ............... D.N.I. 25.366.520
2° Rev. de Cuentas: PIERIGE, Adrián ................D.N.I. 21.405.835
Art. 2°.- Protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín O-
cial, dése copia al Ministerio de Obras Públicas y Financiamiento y pase
al Departamento II Secretaría General.-
FDO: OSVALDO RUBEN VOTTERO, PRESIDENTE / JUAN MANUEL ESCUDERO,
VOCAL
MINISTERIO DE GOBIERNO
Resolución N° 442
Córdoba, 10 de agosto de 2018
VISTO: el Expediente Nº 0184-053875/2018 del registro de este Ministerio.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se gestiona la autorización para
efectuar el llamado a licitación pública para la “Contratación del Servicio
de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de los Sistemas de Video
vigilancia de Seguridad Ciudadana Ubicadas en la Provincia de Córdo-
ba, con provisión de stock”.
Que obra en autos la presentación efectuada por el señor Subse-
cretario de Tecnología de Información y Comunicaciones dependiente
de este Ministerio donde manifiesta la necesidad del servicio referido,
fundamentándolo desde el punto de vista técnico en que el manteni-
miento preventivo periódico resulta esencial para garantizar el normal
funcionamiento de estos sistemas que –por sus características- revis-
ten complejidad y son altamente tecnificados.
Que asimismo, destaca que el mantenimiento correctivo resulta ne-
cesario para resolver problemas de caídas del servicio, reemplazo de
equipos, accesorios y conectividad, señalando que en cuanto a éste
aspecto del servicio se incluye el requisito de la existencia de un lote
de repuestos indispensables para disponer por parte de la Policía de la
Provincia, y cuya finalidad es la de mantener operativo la totalidad del
sistema de manera permanente.
Que se incorporan Pliegos de Condiciones Generales, Particulares
y de Especificaciones Técnicas, con sus respectivos Anexos, los que
han sido confeccionados con intervención de la mencionada Subse-
cretaría y de la Subdirección de Compras e Intendencia de esta Car-
tera, siendo los mismos adecuados a la adquisición que se propicia;
ascendiendo el monto estimado del presente llamado a la suma de
Pesos Sesenta Millones Seiscientos Setenta y Cuatro Mil Ochocientos
Setenta ($60.674.870,00.-) conforme lo indica la Dirección General de
Administración.
Que obra agregado el documento contable en Nota de Pedido N°
2018/000402, con la afectación de fondos estimada.
Que corresponde la publicación de la presente convocatoria a lici-
tación pública en el Boletín Oficial y en el Portal web de la Provincia,
de conformidad a las previsiones de los Arts. 7.1.1.2 y 16 del Decreto N°
305/2014, Reglamentario de la Ley N° 10.155.
Que procede en la instancia autorizar el presente llamado y apro-
bar los Pliegos de Condiciones Generales, Particulares y de Especi-
ficaciones Técnicas, conforme se gestiona, facultando a la Dirección
General de Administración a fijar las fechas y horas correspondientes
para su realización.
Por ello, actuaciones cumplidas, lo dispuesto en el Art. 11 in fine
de la Ley N° 10.155 y sobre la base de la actualización del valor Índice
Uno (01) que fija el Art. 41 de la Ley Nº 10.507, lo dictaminado por la
Direcció n de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno
con el N° 713/2018, y en uso de atribuciones constitucionales;

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