Resolución N° 910 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición19 de Agosto de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXX - Nº 164
CORDOBA, (R.A.), MIERCOLES 24 DE AGOSTO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
E L M I N I S T R O D E E D U C A C I Ó N
R E S U E L V E
Art. 1°.- AUTORIZAR, a partir de la cohorte 2016, la implementación
de los planes de estudio aprobados por Resolución Ministerial N° 979/14
(Profesor/a de Educación Inicial) en los Institutos de Nivel Superior de For-
mación Docente de Gestión Pública -Estatal- según se detalla en el Anexo
I, que compuesto de una (1) foja forma parte de este instrumento legal.
Art. 2°.- AUTORIZAR, a partir de la cohorte 2016, la implementación de
los planes de estudio aprobados por Resolución Ministerial N° 134/14 (Pro-
fesor/a de Música) en el Instituto de Nivel Superior de Formación Docente
de Gestión Pública -Estatal- según se detalla en el Anexo II, que compues-
to de una (1) foja forma parte de este instrumento legal.
Art. 3°.- AUTORIZAR, a partir de la cohorte 2016, la implementación de
los planes de estudio aprobados por la Resolución Ministerial N° 663/09
ampliada por su similar N° 10/10 (Profesor/a de Educación Especial con
Discapacidad Intelectual) en el Instituto de Nivel Superior de Formación
Docente de Gestión Pública -Estatal- según se detalla en el Anexo III, que
compuesto de una (1) foja forma parte de este instrumento legal.
Art. 4°.- AUTORIZAR, a partir de la cohorte 2016, la implementación
de los planes de estudio aprobados por Resolución Ministerial N° 977/14
(Profesor/a de Educación Secundaria en Química; Profesor/a de Educa-
ción Secundaria en Física) en los Institutos de Nivel Superior de Formación
Docente de Gestión Pública -Estatal- según se detalla en el Anexo IV, que
compuesto de una (1) foja forma parte de este instrumento legal.
Art. 5°.- AUTORIZAR, a partir de la cohorte 2016, la implementación de
los planes de estudio aprobados por Resolución Ministerial N° 752/11 (Pro-
fesor/a de Educación Secundaria en Geografía) en el Instituto de Nivel
Superior de Formación Docente de Gestión Pública -Estatal - según se
detalla en el Anexo V, que compuesto de una (1) foja forma parte de este
instrumento legal.
Art. 6°.- AUTORIZAR, a partir de la cohorte 2016, la implementación de
los planes de estudio aprobados por Resolución Ministerial N° 96/14 (Pro-
fesor/a de Inglés) en los Institutos de Nivel Superior de Formación Docente
de Gestión Pública -Estatal- según se detalla en el Anexo VI, que compues-
to de una (1) foja forma parte de este instrumento legal.
Art. 7°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín O-
cial y archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC - MINISTRO DE EDUCACION
Anexo: http://goo.gl/7t4CRQ
Resolución N° 910
Córdoba, 19 de Agosto de 2016
VISTO: La Nota N° DGES 01-100014132-116, del registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que la Dirección General de Educación Superior propicia la implementa-
ción de la Carrera “Tecnicatura Superior en Animación Sociocultural” y la
aprobación de su Plan de Estudios.
Que la Ley de Educación Nacional N° 26206 establece una nueva estruc-
tura para el Sistema Educativo Nacional.
Que la Ley de Educación Provincial N° 9870 establece la estructura, or-
ganización y administración general del Sistema Educativo Jurisdiccional.
Que la Resolución N° 238/05 del Consejo Federal de Cultura y Educación
en su Anexo, Acuerdo Marco Serie A-23, las Resoluciones N° 47/08 y N°
209/13 del Consejo Federal de Educación, determinan entre otros aspec-
tos necesarios para la Formación Técnica, un diseño curricular y una ade-
cuación horaria especíca.
Que la implementación de la Carrera y el Plan de Estudios que se propicia
en autos, cuenta con las prescripciones y la distribución en las unidades
curriculares en Areas de Formación denominadas Campos de Formación
General (FG), de Fundamento (FF), Especíca (FE) y de la Práctica Profe-
sionalizante (PP), las que deben concretar una base mínima de 1600 horas
reloj para la formación del egresado.
Que para tener validación nacional se establece que los Planes de Estudio
de las Carreras que oferten los Institutos de Formación Técnica deberán
ser elaborados teniendo en cuenta lo establecido en las Resoluciones ci-
tadas precedentemente.
Que el proyecto de Práctica Porfesionalizante está elaborado en función de
los requisitos preestablecidos por la normativa y los criterios establecidos
por la Dirección General para este campo de formación.
Que obra en autos el informe favorable del Equipo Técnico -Tecnicaturas
Superiores Sociales y Humanísticas de la Dirección General de Educación
Superior.
Por ello, el Dictamen N° 0878/2016 del Área Jurídica de este Ministerio y lo
aconsejado a fs. 40 por la Dirección General de Asuntos Legales,
E L M I N I S T R O D E E D U C A C I Ó N
R E S U E L V E :
Art.1°.- APROBAR la Carrera y el Plan de Estudios correspondiente a la
“Tecnicatura Superior en Animación Sociocultural”, que como Anexo I, con
once (11) fojas forma parte de la presente resolución.
Art. 2°.- DISPONER que el título a otorgar a los egresados sea el de
“Técnico Superior en Animación Sociocultural”, con los alcances especica-
dos en el Anexo II, que con cuatro (4) fojas forma parte de esta resolución.
Art. 3°.- APROBAR los Diseños Curriculares de las distintas uni-
dades que integran el Plan de Estudios aprobado en el artículo 1° de este
dispositivo legal, que como Anexo III, con dieciocho (18) fojas integra este
dispositivo legal.
Art. 4°.- DEJAR sin efecto progresivamente la aplicación de la
Resolución N° 2988/86 del Ministerio de Educación y Justicia de la Nación,
correspondiente al Plan de Estudios de la “Tecnicatura Superior en Anima-
ción Sociocultural”.
Art. 5°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín O-
cial y archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACION
Anexo: http://goo.gl/NteWju

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