Resolución Nº 91/GCABA/SSMEP/17

FirmantesCapelli
EmisorSUBSECRETARÍA MANTENIMIENTO DEL ESPACIO PÚBLICO

VISTO:

la Ley N° 5.460 y su Decreto reglamentario N° 363/15, el EX-22.256.446-MGEYA-

UAC1/2016, y

CONSIDERANDO:

Que, en la petición efectuada por el Sr. Héctor Fraccalvieri, el mismo solicita el pago

de la franquicia a su cargo por los daños que la supuesta caída de las vallas de una

obra le habría provocado al vehículo marca Renault, modelo Symbol Connection,

dominio LEO 641 mientras circulaba por la calle Lima entre la Av. Belgrano y la calle

Venezuela, de esta Ciudad;

Que, la presentación efectuada en el orden 2, será considerada como simple petición

en los términos del art. 14 de la Constitución Nacional;

Que, se le ha dado intervención a la Procuración General de la Ciudad de Buenos

Aires, conforme a los términos del art. 10 inc. C de la Ley 1218;

Que, el peticionante solicita el pago de la franquicia a su cargo de pesos cuatro mil

trescientos ($ 4.300.-), por los daños que la supuesta caída de las vallas de una obra

le habría provocado al mencionado vehículo en la ubicación señalada, el 22/09/2016

(orden 2);

Que, a fin de acreditar el carácter de parte interesada acompaña una copia simple del

título de propiedad del mencionado automotor (v. págs. 5 y 6 del orden 2);

Que, la Gerencia Operativa del Ente de Mantenimiento Urbano Integral informa que

"...ha certificado obras en las aceras de las plazoletas de la cuadra de la calle Lima

401 - 499 (entre Av. Belgrano y Venezuela), en el marco de Licitación Pública, N°

226/2014 "Rehabilitación y Mantenimiento de Aceras de la Ciudad de Buenos Aires

2014/2015" (RyMA II), Expediente N° 6216958/SSADM/2013; Res. De Adjudicación:

1519/MAYEPGC/2014, tareas concretadas por la empresa Miavasa S.A., por la Obra

"Plazoletas Av. 9 de Julio" (Certificado N° 25 Acta 1585/septiembre 2016)...";

Que, asimismo, "...concluye en la posibilidad de que durante una tormenta con vientos

fuertes, el vallado perimetral de la obra citada, pudiera haber caído ocasionando el

presunto evento dañoso al vehículo del reclamante, hecho del cual no se tiene

constancia, ni denuncia, ni registro alguno, hasta el día de la fecha..." (v. orden 9);

Que, de las constancias obrantes en estos actuados, surge que nos encontramos

frente a un reclamo de daños y perjuicios en el que, según un principio...

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