Resolución Nº 91/GCABA/SSREGIC/16

FirmantesCruz
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretarÍA Registros InterpretaciÓN y Catastro
Fecha de la disposición14 de Marzo de 2016

VISTO:

El Expediente N° 1.779.233/2015 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar el uso: "Café-bar; Elaboración y venta de pizza, fugazza, faina, empanadas,

postres, flanes, churros, grill" para el inmueble sito en la calle Tte. Juan Domingo

Perón N° 1600 Planta Baja U.F N° 5, con una superficie a habilitar de 189,48 m2, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble afectado al Distrito APH 16 "Pasajes Rivarola y La Piedad

y su entorno" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449,

Texto Ordenado Decreto N° 1.181- GCBA-2007;

Que los usos serán los que resulten de aplicar las disposiciones del Cuadro de Usos

N° 5.2.1 para el Distrito C2;

Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación

Urbanística, a través del Informe N° 7962910-DGIUR-2016, considera que desde el

punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para

acceder a la localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan

impactos relevantes en el Distrito;

Que los usos consignados permitidos son: "Servicios Terciarios: Bar, café, whiskería,

cervecería, lácteos, heladería, etc.; Alimentación en general, restaurant, cantina,

pizzería, grill";

Que no se visa publicidad, toda vez que por nota obrante a la página 2 del Informe

Gráfico N° 16 se declara "...manifiesto bajo la presente que renuncio a colocar carteles

y toldos en el local de referencia". Asimismo en las fotografías a páginas 1, 2 y 3 del

Informe Gráfico N° 13 no se visualiza cartel publicitario;

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada

y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a la Dirección General de

Interpretación Urbanística;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE REGISTROS INTERPRETACION YCATASTRO

RESUELVE

Artículo 1° Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización

del uso: "Café-bar; Elaboración y venta de pizza, fugazza, faina, empanadas, postres,

flanes, churros, grill" para el inmueble sito en la calle Tte. Juan Domingo Perón N°

1600 Planta Baja U.F N° 5...

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