Resolución Nº 91/GCABA/MHGC/15
Firmantes | Grindetti |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Hacienda |
Fecha de la disposición | 26 de Enero de 2015 |
VISTO
la Ley N° 70 de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la
Ciudad, el Decreto N° 74/09, la Resolución N° 331-MHGC/09, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 70, en sus artículos 107, 108 y otros concordantes prevé la emisión de
Letras del Tesoro como uno de los mecanismos idóneos para atender apropiadamente
deficiencias transitorias de caja del Tesoro, dentro de los márgenes que específica y
oportunamente fijen las respectivas leyes de Presupuesto General para cada ejercicio
fiscal, facultando para ello al Ministro de Hacienda para la emisión de tales
instrumentos;
Que el artículo 107 de la Ley N° 70 faculta a la Tesorería General a emitir Letras del
Tesoro para cubrir deficiencias estacionales de caja, hasta el monto que fije
anualmente la Ley de Presupuesto General;
Que en tal sentido, la Ley de Presupuesto Anual dispone el monto máximo autorizado
al Ministerio de Hacienda para hacer uso, transitoriamente, del crédito a corto plazo a
que se refieren los artículos 107 y 108 de la Ley N° 70;
Que a través del Decreto N° 74/09 se establece el marco normativo al que estarán
sujetos los instrumentos de financiamiento en el mercado local, ya sea mediante la
emisión y colocación de títulos, bonos u obligaciones de largo y mediano plazo
conforme lo establece el inc. a) del artículo 85 de la Ley N° 70, y/o de Letras del
Tesoro, de conformidad con los lineamientos establecidos en los artículos 85 inc. b) y
107 de la misma Ley;
Que el inciso 1) del artículo 3° del Decreto precedentemente citado faculta al Ministerio
de Hacienda, a través de sus órganos competentes a la emisión y colocación de los
instrumentos financieros definidos en el inciso b) del artículo 85 y en el artículo 107 de
la Ley N° 70;
Que de igual modo, la norma mencionada designa al Ministerio de Hacienda como
autoridad de aplicación e interpretación de dicho Decreto, quedando facultado para
dictar las normas complementarias y/o aclaratorias que fueren necesarias;
Que la Resolución N° 331-MHGC/09 autoriza al Director General de Tesorería y al
Director General de Crédito Público, en forma indistinta, a realizar todas las gestiones
necesarias y a suscribir en nombre de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires toda la
documentación pertinente ante las instituciones correspondientes a fin de llevar a cabo
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