Resolución Nº 91/GCABA/MHGC/15

FirmantesGrindetti
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición26 de Enero de 2015

VISTO

la Ley N° 70 de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la

Ciudad, el Decreto N° 74/09, la Resolución N° 331-MHGC/09, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 70, en sus artículos 107, 108 y otros concordantes prevé la emisión de

Letras del Tesoro como uno de los mecanismos idóneos para atender apropiadamente

deficiencias transitorias de caja del Tesoro, dentro de los márgenes que específica y

oportunamente fijen las respectivas leyes de Presupuesto General para cada ejercicio

fiscal, facultando para ello al Ministro de Hacienda para la emisión de tales

instrumentos;

Que el artículo 107 de la Ley N° 70 faculta a la Tesorería General a emitir Letras del

Tesoro para cubrir deficiencias estacionales de caja, hasta el monto que fije

anualmente la Ley de Presupuesto General;

Que en tal sentido, la Ley de Presupuesto Anual dispone el monto máximo autorizado

al Ministerio de Hacienda para hacer uso, transitoriamente, del crédito a corto plazo a

que se refieren los artículos 107 y 108 de la Ley N° 70;

Que a través del Decreto N° 74/09 se establece el marco normativo al que estarán

sujetos los instrumentos de financiamiento en el mercado local, ya sea mediante la

emisión y colocación de títulos, bonos u obligaciones de largo y mediano plazo

conforme lo establece el inc. a) del artículo 85 de la Ley N° 70, y/o de Letras del

Tesoro, de conformidad con los lineamientos establecidos en los artículos 85 inc. b) y

107 de la misma Ley;

Que el inciso 1) del artículo 3° del Decreto precedentemente citado faculta al Ministerio

de Hacienda, a través de sus órganos competentes a la emisión y colocación de los

instrumentos financieros definidos en el inciso b) del artículo 85 y en el artículo 107 de

la Ley N° 70;

Que de igual modo, la norma mencionada designa al Ministerio de Hacienda como

autoridad de aplicación e interpretación de dicho Decreto, quedando facultado para

dictar las normas complementarias y/o aclaratorias que fueren necesarias;

Que la Resolución N° 331-MHGC/09 autoriza al Director General de Tesorería y al

Director General de Crédito Público, en forma indistinta, a realizar todas las gestiones

necesarias y a suscribir en nombre de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires toda la

documentación pertinente ante las instituciones correspondientes a fin de llevar a cabo

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